El Fuero Militar Mexicano, la Suprema Corte y las Reformas.
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El Fuero Militar Mexicano, la Suprema Corte y las Reformas.
Recuerdo del primer mensaje :
El proyecto de sentencia para que militares puedan ser juzgados por autoridades civiles llega hoy a la Suprema Corte de Justicia con oposición del gobierno federal y con mayoría de ministros dividida
Carlos Avilés
El Universal
Lunes 10 de agosto de 2009
caviles@eluniversal.com.mx
El proyecto de sentencia para que los militares puedan ser juzgados por autoridades civiles llega hoy a la Suprema Corte de Justicia de la Nación con la oposición del gobierno federal y con la mayoría de ministros dividida.
El documento del ministro José Ramón Cossío Díaz propone que los militares que cometan delitos contra la población sean juzgados por tribunales civiles y no por el Ejército, como ocurre en la actualidad.
Debido al tema, el secretario de Gobernación, Fernando Gómez Mont, visitó personalmente a cada uno de los ministros del máximo tribunal para presentarles sus argumentos en contra de que se limite el fuero militar.
El funcionario federal no sólo les expuso argumentos jurídicos, sino la preocupación del gobierno federal respecto a que si prospera la propuesta se pondría en riesgo a las Fuerzas Armadas, su institucionalidad y la lucha contra el crimen organizado, según datos recabados por este diario.
El secretario explicó que los soldados involucrados en agresiones a civiles atentan contra la disciplina militar, por lo cual deben ser juzgados bajo el fuero de guerra.
Gómez Mont también pidió revisar la opción de desechar, de inicio y sin entrar a la discusión de fondo, el juicio de amparo que detonó este asunto.
Antes que el titular de Gobernación, la Secretaría de la Defensa, a través de la Procuraduría de Justicia Militar, también intercedió ante los ministros.
Fuentes dentro de la Corte consideran difícil que prospere el proyecto del ministro José Ramón Cossío.
Invitado- Invitado
Re: El Fuero Militar Mexicano, la Suprema Corte y las Reformas.
Todo este asunto, el de juzgar por la via civil, a un soldado por cometer delitos en agravio de civiles se deriva del asunto de Rosendo Radilla, como lo dice la nota anterior, han pasado decadas, los señalados como responsables, de cometer la desapericion de Radilla, en su calidad de autores intelectuales, fueron los Generales Quiros Hermosillo y Chaparro Acosta, ya sabes que Quiros Hermosillo fallecio durante el juicio, pero Acosta Chaparro, salio libre, absuelto, y conste que fue un Juzgado de Amparo quien decreto su inocencia y por ende su libertad, y su salio absuelto por la via civil, entonces cual es el argumento que usan para decir que fuero de guerra es sinonimo de fuero de inmunidad.
Tambien me llama la atencion el hecho de que si salio absuelto, porque la Suprema Corte determino que los soldados deban ser juzgados en la via civil al cometer delitos en agravio de civiles, osea, porque la SDN no se defendio?
Tambien me llama la atencion el hecho de que si salio absuelto, porque la Suprema Corte determino que los soldados deban ser juzgados en la via civil al cometer delitos en agravio de civiles, osea, porque la SDN no se defendio?
SHACK-AL- Comisario [Policia Federal]
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Fecha de inscripción : 09/10/2012
Re: El Fuero Militar Mexicano, la Suprema Corte y las Reformas.
Sedena apoya en nuevo Código de Justicia Militar.
Prevén acotar jurisdicción del fuero castrense
PLAN. Entre los cambios al código militar están los relacionados a delitos del fuero común cometidos
por soldados en servicio .
Viernes 18 de octubre de 2013
Doris Gómora | El Universal doris.gomora@eluniversal.com.mx
Las Fuerzas Armadas elaboran, de manera coordinada, el anteproyecto de reformas al Código de Justicia Militar, especialmente en lo referente al artículo 57 fracción II, para atender la resolución de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), informó la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena).
El anteproyecto de reforma al artículo 57 del Código de Justicia Militar, que está en discusión en el Senado, considera acotar la jurisdicción del fuero castrense, eliminando su competencia en casos relacionados con civiles, en desaparición forzada, violación y tortura. El anteproyecto presentado a principios del sexenio al general Salvador Cienfuegos, secretario de la Defensa Nacional, plantea que las principales modificaciones al artículo 57 son la fracción II inciso “a” que se refiere a los delitos del orden común o federal “que fueren cometidos por militares en los momentos de estar en servicio o con motivo de actos del mismo”. Además el cambio del penúltimo párrafo de la fracción II, que indica que “cuando en los casos de la fracción II, concurran militares y civiles, los primeros serán juzgados por la justicia militar”. La modificación permitirá que el Código Militar ahora señale que “cuando de las diligencias practicadas en la investigación de un delito se desprenda que éste no atenta contra la disciplina militar, en términos del artículo 57 de éste Código, inmediatamente y bajo su más estricta responsabilidad del Ministerio Público Militar deberá remitir la indagatoria a la autoridad civil que corresponda, absteniéndose de ordenar ulteriores actuaciones”.
Las reformas al Código Militar, parten de la resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) sobre casos que se presentaron ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos
(CIDH), dijo Roberto Gil Zuarth, presidente de la Comisión de Justicia en el Senado. Organizaciones no gubernamentales señalaron que la reforma al Código de Justicia Militar debe también dar cumplimiento a cuatro sentencias dictadas por la CIDH en los casos de abuso sexual de las indígenas guerrerenses Inés Fernández Ortega y Valentina Rosendo Cantú.
Fuente: www.eluniversal.com.mx/nacion-mexico/2013/impreso/sedena-apoya-en-nuevo-codigo-de-justicia-militar-210073.html
Prevén acotar jurisdicción del fuero castrense
PLAN. Entre los cambios al código militar están los relacionados a delitos del fuero común cometidos
por soldados en servicio .
Viernes 18 de octubre de 2013
Doris Gómora | El Universal doris.gomora@eluniversal.com.mx
Las Fuerzas Armadas elaboran, de manera coordinada, el anteproyecto de reformas al Código de Justicia Militar, especialmente en lo referente al artículo 57 fracción II, para atender la resolución de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), informó la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena).
El anteproyecto de reforma al artículo 57 del Código de Justicia Militar, que está en discusión en el Senado, considera acotar la jurisdicción del fuero castrense, eliminando su competencia en casos relacionados con civiles, en desaparición forzada, violación y tortura. El anteproyecto presentado a principios del sexenio al general Salvador Cienfuegos, secretario de la Defensa Nacional, plantea que las principales modificaciones al artículo 57 son la fracción II inciso “a” que se refiere a los delitos del orden común o federal “que fueren cometidos por militares en los momentos de estar en servicio o con motivo de actos del mismo”. Además el cambio del penúltimo párrafo de la fracción II, que indica que “cuando en los casos de la fracción II, concurran militares y civiles, los primeros serán juzgados por la justicia militar”. La modificación permitirá que el Código Militar ahora señale que “cuando de las diligencias practicadas en la investigación de un delito se desprenda que éste no atenta contra la disciplina militar, en términos del artículo 57 de éste Código, inmediatamente y bajo su más estricta responsabilidad del Ministerio Público Militar deberá remitir la indagatoria a la autoridad civil que corresponda, absteniéndose de ordenar ulteriores actuaciones”.
Las reformas al Código Militar, parten de la resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) sobre casos que se presentaron ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos
(CIDH), dijo Roberto Gil Zuarth, presidente de la Comisión de Justicia en el Senado. Organizaciones no gubernamentales señalaron que la reforma al Código de Justicia Militar debe también dar cumplimiento a cuatro sentencias dictadas por la CIDH en los casos de abuso sexual de las indígenas guerrerenses Inés Fernández Ortega y Valentina Rosendo Cantú.
Fuente: www.eluniversal.com.mx/nacion-mexico/2013/impreso/sedena-apoya-en-nuevo-codigo-de-justicia-militar-210073.html
CaballeroDelMar- Staff
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Fecha de inscripción : 16/03/2012 Edad : 39
Re: El Fuero Militar Mexicano, la Suprema Corte y las Reformas.
Me parece correcta la modificacion, si bien creo que esta reforma sera limitada. Me parece que se deberia haber reelaborado todo de nuevo. Para tener un CJM moderno y mas eficiente. Probablemente clarificar un poco mas las instancias, definir mejor las diferencias entre los consejos de honor, los tribunales militares, etc, etc,
BOLETÍN-237 Fuero militar necesita "ajustes serios": Human Rights Watch.
BOLETÍN-237 Fuero militar necesita "ajustes serios": Human Rights Watch.
Jueves, 26 de Septiembre de 2013 20:32
El director de la División de las Américas de Human Rights Watch, José Manuel Vivanco, afirmó que como está regulado actualmente el fuero militar necesita “ajustes serios”, pues presenta fallas relevantes como su falta de independencia e imparcialidad, además de que se ha convertido en un mecanismo que garantiza la impunidad frente a las violaciones de los derechos humanos.
Así lo afirmó en la cuarta sesión de audiencias públicas en materia de justicia militar, donde agregó que lamentablemente la visión garantista de las reformas en materia de derechos humanos no se reflejan en un fuero que “se ha quedado atrás y merece ajustes importantes” para garantizar el debido proceso de las personas sujetas a investigaciones por medio de esa figura.
La carencia de independencia e imparcialidad de esta disposición, detalló, se deben a que el Secretario de la Defensa Nacional cumple el rol de ejecutivo y, al mismo tiempo, es la cabeza del Poder Judicial Militar.
Lo correcto, propuso, es separar las tareas de tipo administrativas del mando, de las tareas propias de jurisdicción militar.
Además, dijo que el sistema está caracterizado por la opacidad y falta de transparencia casi total, “el secreto en el manejo de la justicia militar es la regla y no hay márgenes para el debido escrutinio público” y ha sido un mecanismo que ha garantizado la impunidad frente a las violaciones de los derechos humanos.
Indicó que de acuerdo con datos del IFAI existen cinco mil 600 causas ante el fuero militar por violaciones, aparentemente, de derechos humanos, de las cuales sólo hay cuatro casos con condenas.
Para José Francisco Gallardo Rodríguez, de la UNAM, el fuero de guerra es la antítesis del Estado de derecho y de la justicia, una amenaza al orden institucional y un coto de corrupción e impunidad, que “permite a los militares mantenerse impunes por las miles de violaciones a los derechos humanos y actos de corrupción que socavan la moral del Ejército”.
Señaló que la Fuerzas Armadas tienen encomendada la tutela de la soberanía y la integridad territorial, pero los altos mandos nunca han cumplido con esta misión constitucional, pues históricamente el Ejército “se ha abocado a los asuntos de orden interno”.
Gallardo Rodríguez acotó que la Carta Magna mandata que en tiempos de paz la autoridad castrense no debe realizar más funciones que las tengan exacta conexión con la disciplina militar, es decir, que no se entrometa en los asuntos políticos, pero ahora resuelve asuntos de seguridad pública e incluso de carácter electoral.
Afirmó que el Secretario de la Defensa Nacional subsume a las tres ramas del Ejército en los temas de justicia y está facultado para impulsar la persecución del delito, que es una atribución exclusiva del Ministerio Público Federal, por lo que “trastoca la división de poderes”.
Dijo que desde hace más de 20 años se pronunció por la abrogación del fuero de guerra, la desaparición del Estado Mayor Presidencial y la reforma de las Fuerzas Armadas y si lo hubieran escuchado, “el Ejército no estaría colapsado, corrompido hasta la médula, infiltrado por el narcotráfico y convertido en una amenaza a la seguridad del Estado”.
En su intervención, Alejandro Carlos Espinosa, también de la UNAM, consideró que si en el nuevo sistema de justicia militar se logra garantizar los derechos fundamentales a las víctimas civiles pero también la disciplina, el servicio y la obediencia “estaríamos dando un paso adelante”.
Dijo que de acuerdo a las resoluciones de la Suprema Corte de Justicia de la Nación ya ha sido decretada la inconstitucionalidad del artículo 57 del Código de Justicia Militar, que tipifica los delitos contra la disciplina castrense, por lo que debe existir congruencia entre lo que ya resolvió el Poder Judicial y lo que se determine en el Congreso.
Por su parte, el profesor Federico Ponce Rojas coincidió en que este ordenamiento se debe reformar de manera integral para asegurar la presunción de inocencia conforme a las modificaciones constitucionales en materia de derechos humanos, pero no “por la obligación que entraña la sentencia de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos”.
Dicha sentencia, aseveró, “está desbordada, es oscura y no consideró muchos conceptos jurídicos, constitucionales e históricos de nuestros país”, pero como es un acto consentido del Estado mexicano habrá que atenderlo.
La doctora Victoria Unzueta Reyes apuntó que en el sistema de justicia militar se tiene un sistema de justicia penal paralelo al ordinario, donde el Poder Ejecutivo ejerce funciones sustantivas del Judicial, bajo la perspectiva en que la direccionalidad jerárquica predomina, por lo que se inhibe el ejercicio de los principios de autonomía e independencia de los funcionarios judiciales.
“El artículo 13 constitucional no dice que deba ser el Ejército el que ejerza la función de los tribunales militares”, destacó la asesora legislativa en materia de Seguridad y Defensa.
En la ronda de preguntas, la senadora priista Verónica Martínez Espinoza destacó que los reglamentos no pueden ni deben estar por encima de la ley sino que reglamentan la forma de ejecutarla.
El senador Fernando Yunes Márquez manifestó que en general se coincide en que la adecuación se tiene que hacer al artículo 57 del Código conforme a lo establecido por la SCJN y apegada a los derechos humanos, pero también se ha manifestado su preocupación por la “relajación de la disciplina militar” por estos ajustes.
Solicitó la opinión de los expertos sobre este problema y preguntó a Gallardo Rodríguez si a 20 años de distancia su postura sigue siendo la de desaparecer el fuero militar y qué ventajas tendría para la conformación actual del Ejército.
Su compañero de bancada, senador Roberto Gil Zuarth manifestó que “si todos los bienes jurídicos tutelados, vinculados con derechos humanos deben juzgarse en jurisdicción civil, entonces ¿cuáles son los bienes jurídicos tutelados asociados a las disciplina militar que merecen la reacción punitiva del Estado?”.
En tanto, el senador Alejandro Encinas Rodríguez expresó que modificar el estatus del fuero militar no implica que vaya a relajarse la disciplina por lo que dijo que el mejor indicador de relajamiento de la disciplina militar son las deserciones, las cuales “son de miles de fuerzas especiales y tropa que han ido a sumarse a las filas de la delincuencia organizada”.
Precisó que se han esbozado los temas de la autonomía del tribunal militar y el papel que debe cumplir la policía ministerial militar, los cuales tiene que ver con los derechos y las garantías que han sido cuestionados en términos de la disciplina interna “y cómo a veces los propios tribunales militares se utilizan para revanchas políticas”.
En respuesta, José Francisco Gallardo precisó que en países democráticos como Suecia o Alemania se abrogaron las cortes militares y reafirmó que el fuero militar no debe existir en tiempos de paz y los delitos que comente un elemento castrense “violando el Código de Justicia Militar en su aspecto de carácter penal deben ser juzgados por la autoridad civil”.
Ponce Rojas enfatizó que restringir, acotar o eliminar el fuero atentaría no sólo con la estructura y los fundamentos que identifican a las instituciones militares mexicanas sino también se vulneraría la cultura y tradición castrense del país, por lo que la tutela jurídica de la disciplina, que es el motor de la justicia militar, debe subsistir y prevalecer.
A su vez, José Miguel Vivanco precisó que la Corte Interamericana de Derechos Humanos solicitó reformar esta figura sin perjuicio de que exista un fuero militar para juzgar y conocer de las faltas a la disciplina y a lo delitos propios de integrantes de las Fuerzas Armadas, como la insubordinación o el mal uso de las armas.
En su turno, Carlos Espinosa destacó que el tema es sobre la especialización del delito militar, llegar a la idea de lo que se conoce como “delitos típicamente militares” que exigen una calidad específica para la comisión, previstos en el Código de Justicia Militar.
La doctora Victoria Unzueta destacó que existen leyes especiales de protección, pero ninguna refiere a un sistema de justicia especializado y menos de un sistema de justicia penal especializado, que se caracteriza por ser coercitivo en sí mismo.
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Boletín de Prensa
Fuente: http://comunicacion.senado.gob.mx/index.php/periodo-ordinario/boletines/8857-boletin-237-fuero-militar-necesita-qajustes-seriosq-human-rights-watch.html
belze- Staff
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Fecha de inscripción : 10/09/2012
Reforma a fuero militar podría quedar lejos de estándares internacionales: organizaciones de derecho
BOLETÍN-242 Reforma a fuero militar podría quedar lejos de estándares internacionales: organizaciones de derechos humanos.
Viernes, 27 de Septiembre de 2013 16:15
Organizaciones civiles de derechos humanos manifestaron que la reforma al Código de Justicia Militar y la tipificación de la desaparición forzada son una oportunidad histórica para modernizar a las Fuerzas Armadas; sin embargo, alertaron que su redacción actual sólo contempla cambios parciales y se aparta de los estándares internacionales.
Lo anterior, durante las audiencias públicas en materia de justicia militar, que realiza la Comisión de Justicia, donde los representantes de las ONG´s se refirieron a diversos casos de violaciones de derechos humanos cometidos por elementos del Ejército mexicano en distintas zonas del país.
Al respecto, Daniel Zapico, representante de Amnistía Internacional en México, advirtió que si el Senado desaprovecha esta oportunidad con reformas parciales que no garanticen la justicia en todas las violaciones de derechos humanos cometidas por elementos del Ejército significará tiempo perdido y garantizará la repetición de los abusos.
Explicó que el anteproyecto de dictamen que reforma el Código de Justicia Militar y que tipifica la desaparición forzada podría suponer un paso hacia la garantía de los derechos humanos fundamental en México y la modernización de las instituciones castrenses.
Sin embargo, alertó que su actual redacción no cumple cabalmente con todas las obligaciones de México bajo el derecho internacional y no satisface los criterios para excluir plenamente de la jurisdicción militar a las víctimas civiles.
Asimismo, expresó su preocupación por la ausencia de reformas a los artículos 435 y 740 para establecer claramente que sea la justicia ordinaria la que decida sobre la competencia jurisdiccional militar en este tipo de casos.
Por ello, consideró que la propuesta que se genere en la Comisión de Justicia debe garantizar que las investigaciones exclusivamente competencia de las instancias civiles desde los primeros informes de un incidente y que las Fuerzas Armadas tengan la obligación de colaborar en las indagatorias de la justicia ordinaria.
De igual manera, que todos los delitos cometidos contra civiles siempre sean investigados, procesados, enjuiciados y sancionados en la justicia ordinaria.
En cuanto a la tipificación de la desaparición forzada, subrayó que es un paso importante, pero con la propuesta actual será muy restrictivo, lo que hará casi imposible que un funcionario público pueda llegar a ser condenado por este ilícito.
Recordó que los casos de violaciones graves a los derechos humanos cometidas por integrantes del Ejército permanecen en la impunidad gracias a la jurisdicción militar, “es decir gracias al privilegio de investigarse y juzgarse así mismos”.
El especialista Santiago Aguirre manifestó que esta reforma abre la posibilidad para fortalecer al Ejército desde la democracia y robustecer la legitimidad democrática que brinda el respeto a los derechos humanos, “con lo que ganarán una legitimidad democrática que ha venido poniéndose en cuestión”.
Respecto de las facultades de la nueva Policía Ministerial Militar, dijo este cuerpo de investigación debe estar acotado a los delitos militares y restringir los alcances de la jurisdicción militar en las violaciones a derechos humanos.
“El dictamen va a en la senda correcta, incorpora algunas de estas preocupaciones aunque es perfectible en temas como la reforma al artículo 435 y redacción al 57”.
En tanto, Miguel Álvarez Gándara manifestó que la “inacción” del Poder Ejecutivo respecto de la restricción del fuero militar ha perpetuado una polarización innecesaria entre las víctimas, los organismos de derechos humanos y las Fuerzas Armadas, “desgastando a estas últimas”.
Aseguró que acotar el fuero militar contribuiría a inhibir las violaciones a derechos humanos contra civiles y generaría mejores condiciones para cuando lleguen a ocurrir, pues serían investigadas y juzgadas por funcionarios ajenos a la cadena de mando militar.
Subrayó que el anteproyecto transita en la dirección correcta, ya que las reformas que se proponen instituyen algunos controles civiles sobre las fuerzas armadas y restringe la jurisdicción militar cuando se lesionen bienes jurídicos cuyos titulares sean las personas, “aunque resulta insuficiente”.
La directora de la organización Ciudadanos en Apoyo a los Derechos Humanos, Consuelo Morales Elizondo expresó que las violaciones a los derechos humanos cometidas por el Ejército y la Marina han ido en aumento, por lo que consideró “urgente” reformar el Código de Justicia Militar, a efecto de que ningún caso sea investigado en instancias castrenses.
La reforma debe incluir que el Ministerio Público Militar remita inmediatamente las averiguaciones previas al fuero civil, así como edificar que sólo compete a los tribunales militares declarar cuando un caso es de este fuero, así como las indagatorias y declinatorias.
“Necesitamos ampliar la protección de los derechos humanos y acotar los alcances de la justicia militar no debilita a las Fuerzas Armadas sino que las fortalece apuntalando que la democracia es la única vía aceptable”.
Alejandra Nuño, de la Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos, aseguró que el Senado se encuentra en un proceso histórico para que “pueda de una vez por todas reformar una normativa que ha sido uno de los obstáculos más importantes para el conocimiento de la verdad y la obtención de justicia para un sinnúmero de víctimas de violaciones a los derechos humanos cometidos por elementos del Ejército”.
Refirió que el proyecto de dictamen debe contemplar las sentencias dictadas por la Corte Interamericana que establecen que bajo ninguna circunstancia la jurisdicción militar puede tener competencia para investigar o juzgar hechos que impliquen violaciones a derechos humanos, además de limitarse a conocer de acontecimientos que involucren la vulneración a bienes jurídicos propios del orden militar.
Dijo que tales criterios fueron removidos de la versión del proyecto de dictamen circulada por la Comisión el 2 de septiembre, ya que la redacción al artículo 57 fue modificada una vez más y “en ese sentido sí vemos con preocupación que este nuevo proyecto de dictamen se aparta significativamente de los estándares internacionales”.
Apuntó que por décadas las víctimas y sus familiares han sufrido día a día por la ausencia de un marco jurídico adecuado, por lo que existe una obligación impostergable de las instituciones del Estado mexicano de eliminar cualquier obstáculo que impida tener justicia, verdad y reparación “por estos gravísimos hechos”.
A su vez, Jaqueline Sáenz Andujo, de Fundar Centro de Análisis e Investigación, hizo notar que con la nueva versión de la propuesta no se cumpliría con los estándares internacionales ni nacionales en esta materia.
Explicó que se ha añadido en el texto que cuando el Ejército se encuentre en “campaña” la jurisdicción militar sí puede conocer de los hechos de las violaciones a los derechos humanos.
En su turno, Andrés Díaz Hernández, del Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez, refirió que en la propuesta se contempla que la Policía Ministerial Militar actuará bajo el mando del Ministerio Público en la investigación de los delitos y tendrá ciertas facultades y obligaciones como recopilar información sobre los hechos, recabar pruebas, entre otros.
Ello, subrayó, no se pude admitir porque los elementos castrenses investigarán casos que competen a la jurisdicción civil, por lo que se debe acotar su papel nuevamente ya que se sabe que en diversos casos los militares han alterado la escena del crimen.
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Boletín de Prensa
Fuente: http://comunicacion.senado.gob.mx/index.php/periodo-ordinario/boletines/8870-boletin-242-reforma-a-fuero-militar-podria-quedar-lejos-de-estandares-internacionales-organizaciones-de-derechos-humanos.html
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Fecha de inscripción : 10/09/2012
Continúan en el Senado audiencias públicas sobre fuero militar.
BOLETÍN-244 Continúan en el Senado audiencias públicas sobre fuero militar.
Viernes, 27 de Septiembre de 2013 16:27
Durante las audiencias públicas en materia de justicia castrense, senadores de la República reconocieron que el fuero militar ha impedido una aplicación rigurosa de la justicia en la violación de derechos humanos, por lo que se requiere de una reforma que replantee la relación entre las Fuerzas Armadas y la sociedad civil.
El senador panista Roberto Gil Zuarth, presidente de la Comisión de Justicia, reconoció que la “excepción” del fuero militar se ha convertido en una “regla” y en consecuencia ha impedido una aplicación más rigurosa de la justicia, además de que ha provocado violaciones a derechos humanos.
“La normas y las reglas definen en buena medida a las instituciones y hoy tenemos un problema de carácter institucional en la aplicación y acceso a la justicia”, recalcó.
Sin embargo, consideró que casos particulares de violaciones a los derechos humanos no deben generar un estigma sobre miles de mexicanos que participan en las Fuerzas Armadas y que sirven a México con honor y patriotismo.
Hizo notar que la Comisión que preside se encuentra en el “dilema” de llevar a cabo una reforma profunda o únicamente al artículo 57, pues hay posiciones encontradas porque “unos nos dicen” resolvamos únicamente en función de las resoluciones de la Corte.
Pero, agregó, otros nos dicen que se debe realizar una revisión integral, por lo que pidió a las organizaciones civiles que manifestaran sus puntos de vista al respecto.
En tanto, el senador Alejandro Encinas Rodríguez dijo que ante la “curda y triste realidad” que vive el país, se requiere de una reforma del Estado que replantee los términos de la relación entre las Fuerzas Armadas y la sociedad.
Consideró que se ha querido minimizar la versión de las víctimas frente a la “enorme catástrofe humanitaria” que estamos viviendo en este país cuando el Ejército está desempeñando funciones que le corresponden a la autoridad civil.
Es por eso, agregó, que se debe impulsar una reforma al fuero militar que acate plenamente las resoluciones de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y las sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, así como que se adecue a los estándares internacionales.
Negó que se trate de atentar contra las Fuerzas Armadas o de provocar que se relaje la disciplina militar sino de enfrentar el problema de violaciones a los derechos humanos y el abuso de autoridad frente a las garantías de los ciudadanos.
Es falso --subrayó-- que acotar el fuero militar vaya a relajar la disciplina del Ejército, pero sí lo hacen otros factores como las 170 mil deserciones que se han registrado en los últimos años, las 18 mil denuncias ante la CNDH, de las cuales sólo hay 4 recomendaciones y los 5 mil 600 procesos abiertos en tribunales militares, de los cuales sólo se han resulto cuatro.
“No debemos caer en el viejo tabú de no llevar a una discusión profunda a las Fuerzas Armadas y su desempeño y habrá que eliminar prejuicios y las presiones que durante muchas décadas han llevado a no discutir siquiera el tema”, enfatizó.
Por el grupo parlamentario del PRI, la senadora Arely Gómez González recordó que en el Senado existen ocho iniciativas presentadas sobre esta materia y el objetivo principal del predictamen es modernizar la justica militar.
Es decir, explicó, se busca el justo equilibrio entre la protección de los derechos humanos y la disciplina militar con todas las consecuencias prácticas que conlleva.
Mencionó que el predictamen ha ido sufriendo modificaciones y evolucionando con todas las propuesta e ideas “que se nos han acercado”.
Puntualizó la necesidad de armonizar el Código de Justicia Militar deriva del compromiso del Estado con las sentencias de la Corte Interamericana y de la SCJN.
Posteriormente, Santiago Aguirre, del Centro de Derechos Humanos de la Montaña Tlachinollan, refirió que el dictamen no toca en absoluto todo el régimen disciplinario de las Fuerzas Armadas, “entonces el riesgo de relajar la disciplina militar por acotar el fuero castrense en los supuestos que lo propone este dictamen queda bastante desdibujado en los términos del propio”.
Dijo que por otro lado, fija los deberes del Ministerio Público en el inicio de las indagatorias, refuerza esos deberes y establece las diligencias del Ministerio Público Militar y el deber de remitir al fuero civil, “por lo que los grandes temas de la discusión están reflejados en el proyecto”.
En tanto, Miguel Álvarez Gándara, de SERAPAZ, expresó que hace falta una interlocución directa con el Ejército, a fin de que vean las reformas como una aceptación y no como una imposición que los debilita, “ya que esta representa un salto cualitativo”.
Argumentó que la sociedad mexicana tiene una nueva lógica de diversidad, por lo que adecuar estas nuevas fases históricas y sociales al Ejército es un proceso por el que todos los actores deben pasar, “sumándose a este consenso y no bajo una lógica de fuerzas y privilegios”.
En su turno, Consuelo Morales Elizondo, de CADHAC, afirmó que se ha jugado con el cuerpo militar y han sido puestos en una situación “que da pena”, bajo el argumento de brindar seguridad, “cuando ellos están formados para defender el país, para matar y eso fue lo que sucedió en todo el país”.
Puntualizó que la relación seguridad y derechos humanos es un binomio indisoluble, “por lo que la situación actual es grave y complicada, que se resolverá sólo a través de un trabajo conjunto entre todos los actores sociales y políticos”.
Por último, Alejandra Nuño, de Fundar, aseguró que este no es un tema de ataque personal a las Fuerzas Armadas, “se trata de que se respeten las reglas del juego y garanticen los derechos humanos, para que cualquiera que los viole pague por ello”.
Refirió que esta reforma representa una oportunidad para que se cumpla con el compromiso de armonización legislativa con los tratados internacionales de derechos humanos.
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Boletín de Prensa
Fuente: http://comunicacion.senado.gob.mx/index.php/periodo-ordinario/boletines/8872-boletin-244-continuan-en-el-senado-audiencias-publicas-sobre-fuero-militar-.html
belze- Staff
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Fecha de inscripción : 10/09/2012
Reforma en de fuero militar, fundamental para protección de derechos humanos en México: Yunez
Reforma en materia de fuero militar, fundamental para protección de derechos humanos en México: Yunes Márquez.
Viernes, 27 de Septiembre de 2013 15:20
En la cuarta audiencia pública con representantes de organizaciones de la sociedad civil, para analizar el contenido de ocho iniciativas presentadas por diversos grupos parlamentarios en materia de fuero y justicia militar, el senador panista Fernando Yunes Márquez, presidente de la Comisión de Defensa Nacional, indicó que este tema es esencial para la protección de los derechos humanos en el país.
“La justicia militar es una reforma fundamental para la protección de los derechos humanos en nuestro país y que, sin duda alguna, hoy refleja una exigencia no sólo de corte judicial, sino una exigencia social también, de poder ir modificando nuestro marco jurídico para poder adecuarlo a una realidad”, apuntó.
Dijo que si bien ha habido casos de fallas o errores de parte de las Fuerzas Armadas, también debe reconocerse el trabajo arduo que han desempeñado al enfrentar al crimen organizado para salvaguardar a los ciudadanos, como ocurrió en Veracruz.
“Lo digo como veracruzano, para nosotros la llegada de las Fuerzas Armadas a Veracruz fue verdaderamente un salvavidas en la terrible crisis que se empezó a vivir en nuestro estado, de muchos asesinados y desaparecidos a manos del crimen organizado.
“A muchísimas familias veracruzanas las quebraron, las destruyeron, a cientos de jóvenes veracruzanos les cortaron un camino, un futuro; para nosotros, la llegada de la Marina Armada de México fue un salvamento ante la deficiencia de la autoridad civil de actuar como debía”, agregó Yunes Márquez.
A su vez, el senador panista Roberto Gil Zuarth, presidente de la Comisión de Justicia, aseguró que las normas y las reglas definen en buena medida a las instituciones, pero hoy en México existe un problema de carácter institucional en la aplicación de la justicia y en el acceso a ella.
“Y es que la excepción se convirtió en regla, es decir, la excepción del fuero militar se ha convertido en una regla y, en consecuencia, eso ha impedido no solamente una aplicación más rigurosa de la justicia en condiciones de mayor transparencia y en condiciones de menor impunidad, sino también violaciones a derechos humanos”, estimó.
No obstante, pidió “no generar un estigma” contra las Fuerzas Armadas, ya que ahí “miles de mexicanos sirven a México con honor y patriotismo”.
Gil Zuarth preguntó a los representantes de las organizaciones de la sociedad civil sobre el dilema de si, desde su punto de vista, el Congreso debe llevar a cabo una reforma profunda o sólo modificar el artículo 57 del Código de Justicia Militar, relativo al fuero.
Al responder, Santiago Aguirre, del Centro de Derechos Humanos de la Montaña Tlachinollan AC, acotó que desde la sociedad civil no hay ninguna pretensión de estigmatizar a la totalidad de las Fuerzas Armadas como instituciones contrarias a los derechos humanos.
“Por el contrario, somos los primeros en reconocer la relevancia de las Fuerzas Armadas en la conformación del Estado mexicano; ahora mismo quienes estamos en Guerrero los vemos desplegándose en las labores del Plan DN-III y sería deshonesto no reconocerlo así.
“Ahora, desde nuestra perspectiva la discusión de tocar sólo el 57 o hacer una reforma más amplia puede ser un dilema que no necesariamente refleje la mejor solución legislativa, esto porque al modificar el 57 forzosamente tienen que armonizarse otras normas, es decir, una reforma en el sentido de acotar el fuero militar no podría sólo concentrarse en el 57, si bien el 57 es el punto toral de la discusión”, mencionó Aguirre.
Alejandra Nuño, de la Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos, aseveró que cualquiera que cometa violaciones a los derechos humanos tiene que pagar por ellas, pero aclaró que no es un tema de ataque personal a las Fuerzas Armadas, sino simplemente de garantizar los derechos.
“En relación con la reforma profunda o solamente la reforma al artículo 57, creo que ésta es una oportunidad para que ustedes los legisladores puedan cumplir con ese compromiso de armonización legislativa”, manifestó.
Daniel Zapico, de Amnistía Internacional, se pronunció por una reforma verdaderamente profunda y efectiva.
“Creo que queda claro que es necesario una reforma profunda en muchos aspectos, sin embargo, también tenemos que valorar lo posible frente a lo deseable. Creo que en este momento lo posible lo tenemos delante, está muy marcado, podemos avanzar en eso, sin perjuicio de que ustedes como legisladores avancen en una reforma mucho más profunda que probablemente es necesaria”, finalizó.
A la cuarta audiencia pública también acudieron, entre otros, Miguel Álvarez Gándara, de Serapaz; Consuelo Morales Elizondo, de CADHAC Monterrey; y Jaqueline Sáenz, de Fundar-Centro de Análisis e Investigación.
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Fuente: http://comunicacion.senado.gob.mx/index.php/periodo-ordinario/boletines/8865-reforma-en-materia-de-fuero-militar-fundamental-para-proteccion-de-derechos-humanos-en-mexico-yunes-marquez.html
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Re: El Fuero Militar Mexicano, la Suprema Corte y las Reformas.
Alguien me puede decir porque chingados no han puesto las ultimas actualizaciones?
Avalan comisiones que militares puedan ser juzgados en tribunales civiles
Avalan comisiones que militares puedan ser juzgados en tribunales civiles
Jueves, 24 de Abril de 2014 13:44
COMUNICADO-658
• Podrán ser remitidos militares en servicio que comentan algún delito
• Se mantuvo un diálogo abierto con ONG´s y con las Fuerzas Armadas
Por unanimidad, las comisiones unidas de Justicia, Defensa Nacional, Estudios Legislativos, Estudios Legislativos Primera y Estudios Legislativos Segunda avalaron cambios al Código de Justicia Militar, a fin de permitir que los integrantes de las Fuerzas Armadas que comentan algún delito contra ciudadanos puedan ser juzgados por tribunales civiles.
Con estas modificaciones, los delitos del orden común o federal que sean cometidos por militares en servicio o con motivo de actos del mismo, en tiempo de guerra, en territorio declarado en ley marcial o cualquiera de los supuestos previstos en la Constitución, no serán juzgados por la justicia militar sino deberán ser remitidos a los tribunales civiles.
Los senadores establecieron que cuando de las diligencias practicadas en la investigación de un delito se desprenda que éste no atenta contra la disciplina militar, inmediatamente y bajo la más estricta responsabilidad, el Ministerio Público Militar deberá remitir la indagatoria a la autoridad civil que corresponda, absteniéndose de ordenar ulteriores actuaciones, “sin perjuicio de seguir actuando en la investigación de aquellos delitos”.
La Policía Ministerial Militar actuará bajo la conducción y el mando del Ministerio Público en la investigación de los delitos, y tendrá facultades y obligaciones como informar inmediatamente al Ministerio Público Militar competente, cuando reciba noticia de un hecho que pueda constituir una conducta delictiva.
Deberá recopilar información y confirmar los datos que reciba sobre los hechos denunciados y hacerlos constar en un registro, en el que se asentarán el día, la hora, el medio por el cual se obtuvo y los datos de los policías que intervinieron.
Tendrá la obligación de prestar el auxilio que requieran las víctimas u ofendidos y proteger a los testigos, realizar detenciones en los supuestos que autoriza la Constitución, y poner de inmediato a las personas detenidas a disposición del agente del Ministerio Público competente, entre otras funciones.
Cuando se trate de delitos contra la disciplina militar, los agentes de la Policía Ministerial Militar estarán facultados para realizar inspecciones personales sobre el detenido y recoger los objetos que tenga en su poder, sujetándose para ello a las reglas del presente Código.
Se precisa que la Policía Ministerial Militar por ningún motivo podrá realizar, de propia autoridad, investigación sobre personas, manipulación y práctica de peritajes sobre los objetos asegurados.
Los legisladores avalaron que los integrantes de las Fuerzas Armadas que hayan cometido delitos, en agravio de civiles, podrán permanecer en prisiones militares cuando la autoridad militar competente lo estime imprescindible, para preservar los derechos del procesado o así lo requieran las necesidades del servicio de justicia.
En este caso, a solicitud del imputado la autoridad deberá elevar ante el juez que instruya el proceso la solicitud donde funde y motive tal necesidad, a efecto de que se acuerde lo conducente. En tanto, la autoridad militar colaborará con los órganos jurisdiccionales del fuero ordinario, para que el procesado comparezca ante dichas instancias siempre que se requiera.
Los sentenciados a pena privativa de libertad podrán compurgar la pena en prisión militar o en centros de reinserción social del orden común o federal, si lo estima necesario la autoridad militar competente para preservar los derechos del sentenciado.
En caso de que algún alumno de educación militar, menor de 18 años de edad, cometa una conducta tipificada como delito en las leyes penales, será puesto a disposición de las autoridades del sistema integral de justicia para adolescentes que corresponda.
Se faculta al Ministerio Público para que, al investigar delitos contra la disciplina militar, pueda solicitar la práctica de un cateo, para lo cual deberá acudir al juez militar y si no la hubiere podrá solicitarla al orden federal o común, así como la ubicación del lugar a inspeccionar y persona o personas que han de localizarse o de aprehenderse.
Por la Comisión de Justicia, la senadora del PRI, Arely Gómez González, explicó que se trata de un proyecto integral de modernización de la justicia militar que se divide en cuatro grandes temas: armonización con la reforma constitucional en materia de derechos humanos y el cumplimiento de las sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos; Suprema Corte de Justicia de la Nación y recomendaciones del Sistema Internacional de Derechos Humanos.
Asimismo, agregó, tiene que ver con la adecuación de una parte de la reforma constitucional en materia de justicia penal de 2008, con justicia para adolescentes y con la actualización terminológica.
Destacó que el cambio más trascendente es la modificación al artículo 57, que limita la jurisdicción militar y que responde a la sentencia de la Corte Interamericana en los casos de Rosendo Radilla, Inés y Valentina y de los campesinos ecologistas, para que cuando se afecte a un civil el militar no conozca la jurisdicción civil.
Hizo un reconocimiento al trabajo realizado por organizaciones civiles y a la disposición de las Fuerzas Armadas, “que en todo momento mantuvieron un diálogo abierto para el buen término de esta reforma”.
El presidente de la Comisión de Estudios Legislativos Segunda, el senador del PRD, Alejandro Encinas Rodríguez, indicó que el fuero militar ha sido un factor muy importante para garantizar la disciplina dentro de las Fuerzas Armadas, “pero también y de manera lamentable” generó un marco propicio para el abuso y la violación de derechos humanos, en actividades que involucran a sus elementos.
Refirió que ha sido un proceso de discusión muy amplio para atender uno de los temas considerados “tabú” en México y el dictamen retoma ocho iniciativas que fueron presentadas en el Senado entre 2009 y 2013. Sin embargo, no es suficiente pues solamente se avanza en nuevas reformas legislativas, por lo que más adelante deberán fortalecerse mecanismos de control legislativo sobre las Fuerzas Armadas.
El legislador mencionó que los cambios registrados en otros países sobre la relación con las fuerzas armadas han sido resultado de crisis sociales, políticas, o incluso, revoluciones en naciones de América Latina “y aquí hay una situación de excepción, donde a partir del entendimiento, del acuerdo, pues hemos llegado a esta propuesta de dictamen”.
Esto --subrayó-- sienta un precedente muy significativo en la relación entre el Congreso de la Unión y las Fuerzas Armadas, donde se puede abrir, a raíz de este dictamen, una nueva forma de relación y de coordinación entre las secretarías de la Defensa Nacional y de Marina
El senador del PAN, Fernando Yunes Márquez, titular de la Comisión de Defensa Nacional, dijo que “no se puede decir es que no se escuchó a todos” los involucrados en este tema, pues participaron en los foros organizaciones de la sociedad civil, las Fuerzas Armadas y académicos.
Algunos a favor, otros en contra, algunos que querían hacer más amplia esta protección, otros que la querían restringir, pero se escuchó con total apertura a absolutamente todas las partes, puntualizó.
Dejó en claro que no se tomó ninguna decisión precipitada, a efecto de armonizar el dictamen y la redacción, para que cumpliera con los objetivos fundamentales de protección de los derechos humanos y adecuarnos a las normas internacionales, y al mismo tiempo, mantener y preservar la justicia militar, que es el pilar fundamental del Ejército y de la propia Marina.
A nombre de la Comisión Estudios Legislativos, el senador del PRD, Benjamín Robles Montoya, expresó que el proceso de construcción de este dictamen incluyó la participación de organizaciones, de especialistas e incluso, de manera particular y subrayada, de las Fuerzas Armadas, “en un ejercicio sin duda inédito de diálogo y de acercamiento institucional”.
La senadora del PRD, Angélica de la Peña Gómez, presidenta de la Comisión de Derechos Humanos, señaló que hoy se da un paso muy importante en esta materia y se quita el tabú que existía en este tema.
Sin embargo, dijo que las organizaciones de la sociedad civil “no están totalmente satisfechas” con el dictamen. “No es verdad que hay un aval al 100 por ciento de lo que hoy estamos dictaminando”, pero hay una voluntad política por parte de ellas para reconocer el proceso que el Senado ha emprendido.
Ello, destacó, nos alienta a seguir en el proceso de revisión para incidir en que haya una rendición de cuentas por parte de las Fuerzas Armadas, cuando se trate de asuntos relacionados con la afectación de los derechos humanos.
El dictamen aprobado por unanimidad también modifica el Código Penal Federal, el Código Federal de Procedimientos Penales, la Ley Orgánica del Poder Judicial y la Ley que establece las Normas Mínimas sobre Readaptación Social de Sentenciados.
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Fuente: http://comunicacion.senado.gob.mx/index.php/informacion/boletines/12300-avalan-comisiones-que-militares-puedan-ser-juzgados-en-tribunales-civiles.html
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Defensa Nacional y Marina avalan cambios del senado al Código de Justicia Militar
Defensa Nacional y Marina avalan cambios del senado al Código de Justicia Militar
Aplica por delitos del fuero ordinario y violaciones a derechos humanos de civiles; militares irán a juzgado civil
Luego de varios intentos, ayer el Senado logró los cambios al Código de Justicia Militar, que se adaptan a las recomendaciones de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y otras organizaciones.
CIUDAD DE MÉXICO, 25 de abril.- Por unanimidad y con el aval de la Defensa Nacional y la Marina, el pleno del Senado aprobó la limitación del fuero militar para que los civiles no estén sujetos a la justicia militar, ni siquiera en época de guerra, y los soldados y marinos sean juzgados por tribunales ordinarios por delitos del fuero ordinario y violaciones a derechos humanos de civiles.
De igual forma, fija un procedimiento especial para los menores de edad que se forman en las Fuerzas Armadas; en caso de que ellos cometan delitos del fuero común o federal, serán trasladados a centros especializados de atención a los menores infractores de carácter civil; si los educandos militares cometen delitos serán internados en centros especializados de tipo militar.
Con el voto unánime de 106 legisladores, el pleno del Senado también aprobó impedir que se repitan casos como los vividos por los generales Tomás Ángeles Dauahare y Ricardo Escorcia en 2012, cuando la entonces procuradora general de la República, Marisela Morales, ordenó su detención, porque un testigo protegido los relacionó con el crimen organizado.
“Tratándose de informaciones anónimas sobre la posible comisión de un delito contra la disciplina militar, el Ministerio Público iniciará un acta circunstanciada en la que ordenará a la policía que investigue la veracidad de los datos aportados; de confirmarse la información, iniciará la averiguación previa correspondiente”, precisa.
Después de casi cinco años de que la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) instruyera a México a modificar sus leyes para permitir que los juzgados ordinarios conozcan de los delitos cometidos por militares sobre civiles, en apego estricto al texto constitucional mexicano y luego de varios intentos ayer por fin el pleno del Senado logró los cambios al Código de Justicia Militar.
De igual forma, los senadores, con el apoyo de los especialistas de las Fuerzas Armadas y organizaciones de derechos humanos, llevó al terreno militar todas las garantías de debido proceso que impera en las leyes ordinarias del país para que los soldados y marinos tengan los mismos derechos de protección de la ley y se erradique cualquier práctica extralegal, incluso prohíbe la existencia de prisiones especiales.
Desde tribuna, Roberto Gil Zuarth, presidente de la Comisión de Justicia; Arely Gómez, secretaria de esa comisión, Alejandro Encinas, presidente de la Comisión de Estudios Legislativos Segunda y Angélica de la Peña, presidenta de la Comisión de Derechos Humanos, quienes construyeron esta reforma, hablaron de la trascendencia histórica de esta decisión asumida por unanimidad, y que coloca a México en la innegable vanguardia del respeto a los derechos humanos de civiles y militares.
La reforma precisa que cuando un militar cometa delitos del orden común o federal sobre civiles no serán consideradas faltas a la disciplina militar, sino acciones meritorias de la justicia ordinaria.
Aclara además que “los delitos del orden común o federal que fueren cometidos por militares en tiempo de guerra, territorio declarado en ley marcial, o cualquiera de los supuestos previstos en la Constitución, corresponderán a la jurisdicción militar siempre y cuando el sujeto pasivo no tenga la condición de civil. En todos los casos, cuando concurran militares y civiles como sujetos activos, sólo los primeros podrán ser juzgados por la justicia militar”.
Entre los puntos que modernizan el sistema militar de justicia está la transformación de la Policía Militar en Policía Ministerial Militar y la creación del Juez de Ejecución de Sentencias, que tendrá, entre otras facultades, decidir la variación de penas, vigilará el debido proceso y hasta ordenará liberaciones, amén de que ordena que el Sistema Penitenciario Militar debe mantener en actividad a los presos para que no pierdan disciplina ni condición física cuando se reincorporen a la milicia activa.
El Senado envió esta reforma a la Cámara de Diputados.
Regulan acción de los militares fuera de cuartel
Luego de ser recibida por primera ocasión por el presidente Enrique Peña Nieto, la dirigencia colegiada de la Unión Nacional de Trabajadores (UNT) salió complacida por el diálogo que se generó durante el encuentro, al que calificó de constructivo.
Agustín Rodríguez, líder del STUNAM, comentó que expusieron con total libertad sus puntos de vista sobre la realidad que enfrentan los trabajadores del país y las propuestas que ofrecen para revertirla.
“Yo creo que es positivo para nosotros como organización, sobre todo porque nosotros no estamos ajenos al desarrollo del país. Somos organizaciones que no tienen una línea corporativista y de sometimiento incondicional a los lineamientos que se definen por el gobierno federal, tampoco somos contrarios permanentes a lo que se defina en el propio gobierno, pero para nosotros es positivo poder arribar a un diálogo social con el Presidente”, dijo Rodríguez.
El dirigente sindical explicó que al mandatario federal le hicieron entrega de tres documentos en los que señalan, primero, sus consideraciones respecto a la necesidad de impulsar un programa nacional de recuperación salarial.
“En la Constitución se establece un salario remunerador, y tiene definiciones de lo que eso significa, yo creo que ésa es la clave para mejorar la economía del trabajador”, sostuvo.
En segundo lugar, los dirigentes de la UNT demandaron constituir un Consejo Económico y Social que ponga bajo la lupa el modelo que se sigue y que a su parecer no genera bienestar para la mayoría de la población, pues la economía sólo ha crecido en los últimos años dos por ciento en promedio.
Adicionalmente, pidieron revisar la política que rige el seguro de desempleo, que recientemente fue aprobado por el Congreso de la Unión.
“El seguro de desempleo, como está concebido por el gobierno federal y como lo aprueba la Cámara de Diputados, no nos sirve, aunque sea real, porque finalmente se paga con los propios recursos de los trabajadores que se eliminan de sus recursos de la vivienda y eso es un derecho conquistado.
“Entonces no debe crearse una situación de disminución de derechos adquiridos”, advirtió también Agustín Rodríguez.
Sobre la propuesta de constituir un Consejo Económico y Social, el dirigente del STUNAM afirmó que el presidente Peña Nieto manifestó su disposición de caminar sobre esta idea y para ello establecerían una mesa de diálogo.
En el encuentro, de hora y media de duración en la residencia oficial de Los Pinos estuvieron presentes los dirigentes Francisco Hernández Juárez, del Sindicato de Telefonistas de la República Mexicana (STRM); Ricardo del Valle, de la Asociación Sindical de Sobrecargos de Aviación (ASSA), y Juan Carlos Díaz, de la Asociación de Pilotos Aviadores (ASPA).
A su vez, en la reunión el Presidente de la República estuvo acompañado por el secretario del Trabajo y Previsión Social, Alfonso Navarrete Prida.
Fuente: http://www.excelsior.com.mx/nacional/2014/04/24/955576
belze- Staff
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Re: El Fuero Militar Mexicano, la Suprema Corte y las Reformas.
Me parece una gran reforma. El unico pero que puedo dar es el hecho de que tambien se subordina a la juticia civil en tiempo de guerra. Yo me pregunto que pasaria si esto se da digamos en una ciudad bombardeada?
El proceso se debe de hcer en una forma por demas sumaria. Si se atacan las instalaciones gubernamentale,s digamos un juzgado o simplemnete si se mueren en los combates los empleados judiciales, o si la zona donde esta el juzgado competente es tomada por el enemigo que sucede ahi???
Yo opino que el fuero militar se debio haber mantenido como esta ahorita en caso de estado de guerra.
Este caso no se da cuando hay una situacion de ley marcial (cof cof, debio haber dicho suspension de garantias tambien), porque el sistema judicial sigue en pie y no es amenazado.
La otra cosa que se dbio haber reformado es el hecho de que se incluyesen abogados militares entre los que forman parte del jurado de los consejos de guerra. No se si se incluye o no.
El proceso se debe de hcer en una forma por demas sumaria. Si se atacan las instalaciones gubernamentale,s digamos un juzgado o simplemnete si se mueren en los combates los empleados judiciales, o si la zona donde esta el juzgado competente es tomada por el enemigo que sucede ahi???
Yo opino que el fuero militar se debio haber mantenido como esta ahorita en caso de estado de guerra.
Este caso no se da cuando hay una situacion de ley marcial (cof cof, debio haber dicho suspension de garantias tambien), porque el sistema judicial sigue en pie y no es amenazado.
La otra cosa que se dbio haber reformado es el hecho de que se incluyesen abogados militares entre los que forman parte del jurado de los consejos de guerra. No se si se incluye o no.
Re: El Fuero Militar Mexicano, la Suprema Corte y las Reformas.
Lanceros de Toluca escribió:
La otra cosa que se dbio haber reformado es el hecho de que se incluyesen abogados militares entre los que forman parte del jurado de los consejos de guerra. No se si se incluye o no.
Nada, siguen siendo militares de Arma, no es raro que se violenten garantias durante la audiencia del Consejo de Guerra, que a la postre les permita salir libre a quienes deberian estar en prision, precisamente por estas violaciones, tales como obligarlo a declarar, o no permitirselo, ya que los integrantes del Consejo, desconocen por completo las formalidades y requisitos legales.
SHACK-AL- Comisario [Policia Federal]
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Re: El Fuero Militar Mexicano, la Suprema Corte y las Reformas.
Ah, MALDITA SEA. Manden a mi General Fromow a que les explique con peritas y con manzanas a los dipoteibols que por favor agarren el pedo, como quieren que no haya violaciones si el jurado de los procesos no sabe nada de derecho!
Maldita escuela rural. En los unicos momentos cuando se deberia poder juzgar en esa forma es en tiempo de guerra encontrandose en campaña y cuando no esten disponibles los medios para ser juzgados de otra forma. Solo asi. Si no con abogados militares. O si quieren que sean de p****e arma, pero tambien Licenciados en Derecho. Me llevan los mil carajos.
Maldita escuela rural. En los unicos momentos cuando se deberia poder juzgar en esa forma es en tiempo de guerra encontrandose en campaña y cuando no esten disponibles los medios para ser juzgados de otra forma. Solo asi. Si no con abogados militares. O si quieren que sean de p****e arma, pero tambien Licenciados en Derecho. Me llevan los mil carajos.
Alertan de riesgos en la reforma al código militar
http://www.jornada.unam.mx/2014/04/26/politica/010n2pol
El Ejército puede investigar a civiles
Fernando Camacho Servín
Periódico La Jornada
Sábado 26 de abril de 2014
Aunque la reforma para limitar el Código de Justicia Militar, aprobada por unanimidad en el Senado, tiene puntos positivos para evitar que los delitos cometidos por uniformados en contra de civiles sean llevados por los tribunales castrenses, hay aspectos riesgosos y poco analizados de la iniciativa, como permitir a las fuerzas armadas detener a civiles e iniciar las investigaciones de algunos delitos.
Así lo advirtió Silvano Cantú, abogado especialista en temas de derechos humanos, quien señaló que mediante la figura de la Policía Ministerial Militar se deja abierta la puerta para que las fuerzas armadas sigan incidiendo en ciertos procesos judiciales y en la estrategia de seguridad pública.
"El nuevo Código de Justicia Militar contempla la posibilidad de que elementos del Ejército puedan tener facultades para investigar delitos cometidos por civiles contra otros civiles e incluso detener personas, lo que puede convertir la eliminación del fuero militar en un mero accesorio, porque la justicia civil podrá conocer de casos integrados primero por el Ejército", señaló.
De esta forma, “los militares hacen una especie de intercambio al decir: ‘cedemos en la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) sobre el caso de Rosendo Radilla y reformamos el fuero castrense, pero al mismo tiempo podemos actuar en delitos cometidos por civiles’”, lo cual entraña un "peligro altísimo", porque de esta manera se legitima la militarización de la seguridad pública, dijo Cantú.
Desde 2010, recordó el litigante, el Ejército ha estado buscando que se modifique el marco normativo actual para poder tener facultades de investigación. "Por lo que hace al fuero militar, todos lo aplaudimos, pero envuelta en esa capa de legitimidad hay varias manzanas envenenadas", alertó.
Por su parte, José Rosario Marroquín, director del Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez, consideró que aunque la reforma que limita el fuero militar se trata de un avance, pues cumple con los términos de cuatro sentencias de la CIDH contra el Estado mexicano, hay otros puntos por resolver para que dicha modificación legal tenga éxito, como frenar la militarización de la seguridad pública.
ivan_077- Staff
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Fuero Militar. Militares en manos civiles ¿para bien o para mal?
http://estadomayor.mx/42088
29 de abril del 2014
México, 29 de abril.- Las reformas al fuero militar llegan con tardanza para todos.
Y no asustan a los militares, antes al contrario. Ser juzgados por la justicia civil, sobre todo en estos tiempos, equivale a mayor cercanía, precisamente con la justicia.
La idea muy arraigada de que los militares suelen cubrir los delitos militares, es falsa. Por el contrario, la justicia militar además de ser dura ofrece menores opciones para defenderse. Los tribunales militares lo son por consigna superior y por tanto, durante mucho tiempo, sus veredictos están inmersos en esta condición.
Es un paso más, sobre todo hay que darle esta lectura, hacía la civilización de la Sedena como tal. Es obvio que se avanza hacía un mando civil que no tenga objeción alguna en temas como éste.
En los hechos el alto mando de la Sedena no objetó a estas reformas. Lo que habría sido imposible en otros tiempos.
Uno de los riesgos grandes de estas reformas es el tema político y las condiciones anti militares vigentes en algunas comunidades. Recordemos aquel asunto de la presunta violación de prostitutas que estaba trabajando abiertamente como tales en Coahuila el sexenio pasado, con todas las repercusiones de la intervención del obispo Raúl Vera abiertamente anti militar desde los días en que estuvo en Chiapas.
Así por una parte se pone a los militares en manos civiles, y por otra se les obliga a una mayor convivencia cotidiana con la población civil en operativos policiacos que no deberían corresponderle.
El general, en activo y de regreso a su situación estrictamente militar desde principios de este año, Alberto Reyes Vaca, que fuese nombrado titular de la Secretaría de Seguridad Pública de Michoacán a principio de este sexenio con todo el apoyo del general Cienfuegos, podría ser el primer militar juzgado por tribunal civil si estas reformas de ley entran en vigor de inmediato. Por lo pronto, ya tiene un expediente militar abierto en Sinaloa, a cargo del Ministerio Público Militar José Alberto Nájera Díaz.
Tal parece que hubo manejos económicos turbios durante su gestión.
Preguntas: el general Reyes Vaca estaba en el activo militar en una función civil y el dinero que presuntamente habría utilizado mal es dinero civil, ¿opera la investigación militar?
Otra pregunta, a este general ¿le iría mejor con la justicia civil o con la militar?
El titular de la Sedena tiene que dar una respuesta muy severa al fracaso que fue la actuación de Reyes Vaca, que lo arrastra personalmente por el gran aval público que le ofreció. ¿Esto significa que para efectos castrenses ya está juzgado y sentenciado?
Son preguntas simplemente.
Mucho va a cambiar con estas reformas legales, no estrictamente hablando
del fuero militar (que siempre está en manos de los superiores) sino de la relación militar con la sociedad civil.
Y no hay marcha atrás.
No sé, pero a mi me da desconfianza. ¿Dejar a los soldados a merced de nuestro corruptisimo sistema de justicia civil? Pero si Shackal y Lanceros le dan el visto bueno, por algo será. Ojalá que no se equivoquen.
ivan_077- Staff
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Fecha de inscripción : 14/11/2010
Re: El Fuero Militar Mexicano, la Suprema Corte y las Reformas.
Bueno es que el juez tiene bolsas de los dos lados... El sistema militar ciertamente no es tan bueno como muchos se vanglorias, ni tan malo como muchos critican. Al final de cuentas, la Constitucion es bastante bastante clara. Y las preocupaciones concernientes a la seguridad de los elementos (que realizen su proceso y compurguen su pena en una prision militar y que se realizen las diligencias lo maximo posible via exhortos) hacen la vida del procesado militar mucho mas llevadera, hace buenas relaciones publicas, le da mas "transparencia" (segun, pero no siempre es el caso) pero al menos el civilon asi lo percibe.
A mi si me parece una cosa sana. Ademas le da mas chance al procesado de conseguir a un buen abogado penal que realize una buena defensa sin que tenga que quebrarse la cabeza con un curso express de derecho militar.
A mi si me parece una cosa sana. Ademas le da mas chance al procesado de conseguir a un buen abogado penal que realize una buena defensa sin que tenga que quebrarse la cabeza con un curso express de derecho militar.
Procesarán juzgados civiles a militares
http://www.eluniversal.com.mx/primera-plana/2014/impreso/militares-podran-ser-juzgados-por-civiles-45216.html
Procesarán juzgados civiles a militares
Horacio Jiménez y Francisco Nieto| El Universal
Jueves 01 de mayo de 2014
Procesarán juzgados civiles a militares
La Cámara de Diputados aprobó la reforma que limita el fuero militar en casos de delitos contra ciudadanos, de manera que los integrantes de las Fuerzas Armadas puedan ser procesados en juzgados civiles
politica@eluniversal.com.mx
La Cámara de Diputados aprobó el dictamen de la reforma que permitirá que los integrantes de las Fuerzas Armadas que cometan un delito contra ciudadanos puedan ser juzgados en tribunales civiles, mismo que fue enviado al Ejecutivo federal para su promulgación en el Diario Oficial y entrada en vigor.
La minuta que se recibió del Senado fue aprobada por unanimidad y prevé cambios a los códigos de Justicia Militar y Federal de Procedimientos Penales, y a la Ley que establece las Normas Mínimas sobre Readaptación Social de Sentenciados, en materia de justicia militar.
Define que cuando el Ministerio Público Militar tenga conocimiento de que en la comisión de un delito se encuentre implicado un civil, deberá remitirlo a la justicia civil; los tribunales federales serán los competentes para conocer de los delitos en que concurran militares y civiles, en virtud de que los primeros son empleados de la Federación.
De igual modo, incorpora al Sistema de Justicia Penal Militar el principio de presunción de inocencia, en congruencia con el contenido del artículo 20 Constitucional.
Instituye que los militares sujetos a prisión preventiva o que hayan sido sentenciados, podrán hacerlo en prisiones militares.
Crea la figura de jueces de ejecución de sentencias, con facultades para velar que el Sistema Penitenciario Militar se organice sobre la base del trabajo, capacitación, educación, salud, deporte y adiestramiento militar como medios para mantener al sentenciado apto para su reincorporación a sus actividades y su reinserción a la sociedad.
Cambian conceptos
Además, reemplaza el nombre de “pena corporal”, por el de “pena privativa de libertad”, y el de “reo” por los de “acusado, procesado y sentenciado”. Cambia el nombre de Policía Judicial Militar por Policía Ministerial Militar; sustituye el concepto de Secretaría de Marina y Guerra, por los actuales nombres de las dependencias administrativas: Secretaría de la Defensa Nacional y Secretaría de Marina.
El dictamen dice que en los supuestos en los que se haya declarado la guerra, ley marcial o cualquier otro supuesto de suspensión o restricción de garantías, los delitos del orden común o federal que fueren cometidos por militares corresponderán a la jurisdicción militar, siempre y cuando el sujeto pasivo no tenga la condición de civil.
Al fundamentar el dictamen, el secretario de la Comisión de Defensa Nacional, diputado José Ignacio Duarte Murillo (PRI), dijo que con estas reformas se logra un equilibrio entre las restricciones del fuero de guerra en términos del artículo 13 constitucional, prohibiendo de forma expresa que los tribunales militares conozcan de asuntos en los que estén implicados civiles.
Afirmó que es relevante que en los delitos cometidos por un menor de 18 años, que esté presentando su servicio en las Fuerzas Armadas conforme a lo dispuesto en el artículo 18 constitucional, será remitido a las autoridades encargadas al sistema de justicia para adolecentes.
Ricardo Mejía Berdeja, diputado de Movimiento Ciudadano, añadió que se responde así a mandatos de la Convención Americana sobre los Derechos Humanos.
ivan_077- Staff
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Re: El Fuero Militar Mexicano, la Suprema Corte y las Reformas.
Ningun menor de 18 años deberia prestar servicio en las Fuerzas Armadas, es anticonsttucional (via tratados internacionales)
La traición al ejército
La traición al ejército
Carlos Ramírez
05/May/2014 11:26
Justo cuando los saldos de las estrategias de seguridad de 2007 a la fecha estaban dando resultados en la lucha contra el crimen organizado, las dos cámaras del Congreso aprobaron la reforma al código de justicia militar para llevar a soldados a tribunales civiles por daños civiles.
El tratamiento dado por todos los partidos en el Senado al tema del fuero militar partió de la equivocación de privilegios. En términos legales-constitucionales el fuero tiene que ver exclusivamente con tribunales militares para juzgar a uniformados y no representa algún estatus especial para perdonar delitos. La impunidad en tribunales militares es de menos de 5%, en tanto que en tribunales civiles llega a 95 por ciento.
Los senadores que debatieron la reforma al artículo 57 del código de justicia militar equivocaron las prioridades: las denuncias de violaciones de derechos de civiles por acciones militares son efectos del estado jurídico de indefiniciones en la lucha de los militares contra el crimen organizado. Se ha olvidado que la responsabilidad directa de la criminalidad ha tenido que ver con la incapacidad, ineficiencia y corrupción de las autoridades civiles y políticas para permitir la consolidación de bandas delictivas, su penetración en las estructuras de Estado y el acceso a armas poderosas superiores al armamento policiaco.
Los militares se han visto obligados, en sus tareas de defensa de la soberanía del Estado y de la república, a combatir al crimen organizado por el desmoronamiento de las instituciones policiacas federales, estatales y municipales. El ejército no pidió intervenir. El presidente Calderón y el presidente Peña Nieto invocaron la fracción VI del artículo 89 constitucional que le otorga al jefe del Estado la facultad de “preservar la seguridad nacional” y para ello “disponer de la fuerza armada (…) para la seguridad interior”. Sin embargo han faltado —por apatía de los legisladores— las leyes para explicitar la seguridad interior.
Contextualizar
Los militares se rigen por la doctrina de la disciplina castrense que es diferente y más estricta que la civil. Los militares sentenciados en tribunales militares en estos años habrían salido en libertad de haber sido juzgados en tribunales civiles.
Hasta ahora los militares han sido los más preocupados por evitar acusaciones de violaciones de derechos humanos en sus acciones contra el crimen organizado. Inclusive por decisión propia el ejército creó una dirección de derechos humanos y realiza permanentes cursos de capacitación a tropa y oficiales. Por ello fue un abuso político haber dejado en el Senado la impresión de que el ejército es represor o violador.
Si el tema del fuero es consecuencia de la falta de un marco jurídico de certeza institucional, entonces la Cámara de Diputados tiene la obligación de contextualizar la reforma al artículo 57 del código de justicia militar con la decisión de entrarle de lleno a la reforma de la ley de seguridad nacional, pero de paso diseñar una ley de seguridad interior y una reglamentación más coherente del fuero.
Al final la reforma legal para mandar a militares a tribunales civiles por presuntos delitos contra la ciudadanía no resolverá el problema central que es la fuerza del crimen organizado por la incapacidad civil para combatirlo y sí afectará la moral de soldados que luchan contra la violencia criminal y cometen, en apenas 1% de los casos, daños colaterales civiles.
La reforma del fuero fue una traición del Congreso al ejército.
Fuente: http://www.vertigopolitico.com/articulo/32850/La-traicin-al-ejrcito#sthash.ICUlExjO.dpuf
belze- Staff
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Fecha de inscripción : 10/09/2012
Re: El Fuero Militar Mexicano, la Suprema Corte y las Reformas.
Cual traicion ni que nada. Era un mandato de la CIDH. De hecho el congreso estuvo en desacato por varios años al no hacerlo. El 13 Constitucional es hartamete clarisimo. Es mas, con la reforma les da un poco mas de seguridad a los militares que ya estaban siendo juzgados por la jusicia civil.
No olvidemos que fueron los propios militares que por no atorregularse (via Acuerdos o "disposiciones del Alto Mando"para hacer unas Reglas de Efrentamiento), y permitir que se dieran consecutivamente muchisimos incidentes de violaciones. fue que les pusieron el bozal. En su momento lo dije.
Lo que si es que se tiene que avanzar en la Ley de Seguridad Nacional. Y sobre la Ley de Seguridad Interior, por lo menos la con la Ley Reglamentaria del Articulo 29 se da mucho mayor certeza para implemetar este tipo de medidas.
No olvidemos que fueron los propios militares que por no atorregularse (via Acuerdos o "disposiciones del Alto Mando"para hacer unas Reglas de Efrentamiento), y permitir que se dieran consecutivamente muchisimos incidentes de violaciones. fue que les pusieron el bozal. En su momento lo dije.
Lo que si es que se tiene que avanzar en la Ley de Seguridad Nacional. Y sobre la Ley de Seguridad Interior, por lo menos la con la Ley Reglamentaria del Articulo 29 se da mucho mayor certeza para implemetar este tipo de medidas.
belze- Staff
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Fecha de inscripción : 10/09/2012
Re: El Fuero Militar Mexicano, la Suprema Corte y las Reformas.
http://www.eluniversal.com.mx/nacion-mexico/2014/impreso/en-vigor-cambio-al-fuero-militar-216354.html
ivan_077- Staff
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Fecha de inscripción : 14/11/2010
Re: El Fuero Militar Mexicano, la Suprema Corte y las Reformas.
http://www.jornada.unam.mx/2015/03/02/politica/014n2pol
El dictamen responde al caso de la violación de dos indígenas
Propone la Corte inhabilitar el fuero militar cuando lesione derechos humanos de civiles
Jesús Aranda
Periódico La Jornada
Lunes 2 de marzo de 2015, p. 14
El fuero militar no podrá operar "bajo ninguna circunstancia frente a situaciones que vulneren los derechos humanos de los civiles", y en el caso de la violación sexual de las indígenas Valentina Rosendo e Inés Fernández Ortega por militares –ocurrida en comunidades del estado de Guerrero, en el año 2002– "es claro que tal conducta" no tiene relación alguna con la disciplina o misión castrense, por lo que los procesos penales de estos asuntos deben ser resueltos por la justicia civil.
Así lo plantea el proyecto de dictamen que discutirá en breve el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) sobre las sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) de 2010, respectivamente, en las que el gobierno mexicano fue sentenciado a reconocer su responsabilidad internacional por haber incumplido su obligación de garantizar los derechos a la integridad personal, protección judicial, protección de la honra y dignidad de las víctimas, quienes aún exigen que se castigue a los responsables.
El Poder Judicial de la Federación (PJF), agrega, "deberá garantizar que las averiguaciones previas" de los casos de ambas indígenas "se mantengan bajo conocimiento de la jurisdicción ordinaria y bajo ninguna circunstancia en el fuero de guerra", lo que implica que una vez consignada la averiguación ante un juzgado, no debe serle reconocida competencia alguna al fuero castrense, "el asunto sólo debe ser conocido por autoridades civiles".
Menciona que se tiene conocimiento de que los asuntos están en manos de la Fiscalía especial para la investigación de delitos relacionados con violencia contra la mujer y contra la trata de personas de la PGR, y que se dictó recientemente auto de formal prisión en contra de los cabos Armando Pérez Abarca y el cabo Nemesio Sierra, por el caso de Valentina Rosendo, originaria de Caxitepec, Guerrero; así como del sargento segundo Hugo Humberto García de León y el cabo Salvador Aguilar Ontañez por la violación de Inés Fernández Ortega.
Aún así reitera la postura de la CIDH de que el artículo 57 fracción segunda del Código de Justicia Militar es incompatible con lo dispuesto en la constitución y la Convención Americana sobre Derechos Humanos. Y asevera que "el fuero militar no podrá operar bajo ninguna circunstancia a situaciones que vulneren derechos humanos de civiles".
El documento elaborado por el ministro Alberto Gelacio Pérez Dayán plantea que los juzgadores federales pongan especial atención en los casos donde hay presuntas víctimas de violación sexual, "particularmente cuando pertenecen a grupos en situación de mayor vulnerabilidad, como las mujeres indígenas".
ivan_077- Staff
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Fecha de inscripción : 14/11/2010
Re: El Fuero Militar Mexicano, la Suprema Corte y las Reformas.
Los magistrados siento y veo que hacen todo en favor de su carrera mas que en favor de la imparticion de ley tomaron de rehen el fuero militar
ORAI- Miembro Honorario
- Cantidad de envíos : 1176
Fecha de inscripción : 02/08/2010 Edad : 37
Re: El Fuero Militar Mexicano, la Suprema Corte y las Reformas.
http://estadomayor.mx/52052
Acusan vacíos en Justicia Militar
04 de marzo del 2015
México, 4 de marzo (Reforma).- Las reformas al Código de Justicia Militar están incompletas y no son compatibles con los estándares internacionales de derechos humanos.
Así lo aseguró José Antonio Guevara, director ejecutivo de la Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos, al presentar el libro “La incompatibilidad del código de justicia militar con el derecho internacional de los derechos humanos”.
Por ejemplo, dijo, la reforma no reconoció los derechos humanos de los militares, por lo cual las violaciones contra ellos no serán atendidos en juzgados civiles.
Santiago Corcuera, integrante del Comité de Naciones Unidas sobre Desaparición Forzada, criticó que la reforma facultó a la Policía y al Ministerio Público militar investigar posibles violaciones a derechos humanos, antes de determinar si es competencia de un juzgado civil.
Recordó que la Procuraduría militar no pertenece al Poder Judicial, y sus miembros son nombrados por el titular del Ejército, por lo cual carecen de independencia.
“En México debe acabarse la jurisdicción que dependa de la función pública, porque siempre estarán bajo sospecha de recibir órdenes; debe pertenecer al Poder Judicial y no al Poder Ejecutivo”, consideró.
Raúl Mejía, secretario de Estudio y Cuenta de la Suprema Corte de Justicia, lamentó que el pleno de la Corte solo haya resuelto 13 de los 30 asuntos atraídos en materia de fuero federal, lo cual dejó temas pendientes.
Asimismo, señaló que no hay ninguna competencia que justifique la estancia del Ejército en las calles como parte de la guerra con el narcotráfico.
En dicho sentido, los especialistas coincidieron con la necesidad de replantear la militarización de la seguridad pública, la cual debería depender, dijeron, exclusivamente de corporaciones policiacas conformadas por civiles.
Diana Baptista
ivan_077- Staff
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Fecha de inscripción : 14/11/2010
Re: El Fuero Militar Mexicano, la Suprema Corte y las Reformas.
Lo unico que tiene validez es eso de que señala que los juzgados militares deberian estar en el PJF porque si no los MPs, los jueces, los fiscales y los defensores de oficio (que son casi siempre los de rango mas bajo comparativamente) dependen del mismo jefe: El DN-1
Lo demas que dice el articulo es basura.
Es mas el pronunciamiento de la SCJN es inutil. El articulo ya fue reformado. Ni tiene sentido ya decir que es inconstitucional o inconvencional algo que ya esta reformado. Ni para eso sirve la Tremenda Corte.
Lo demas que dice el articulo es basura.
Es mas el pronunciamiento de la SCJN es inutil. El articulo ya fue reformado. Ni tiene sentido ya decir que es inconstitucional o inconvencional algo que ya esta reformado. Ni para eso sirve la Tremenda Corte.
Re: El Fuero Militar Mexicano, la Suprema Corte y las Reformas.
[quote="ivan_077"]
Ejem... Ya sé que esta tema aparte, pero al parecer la Suprema Corte no es muy independiente que digamos, digo, no creo que Medina Mora esté hoy muy desapegado del Ejecutivo.
fin del off topic.
“En México debe acabarse la jurisdicción que dependa de la función pública, porque siempre estarán bajo sospecha de recibir órdenes; debe pertenecer al Poder Judicial y no al Poder Ejecutivo”, consideró.
Ejem... Ya sé que esta tema aparte, pero al parecer la Suprema Corte no es muy independiente que digamos, digo, no creo que Medina Mora esté hoy muy desapegado del Ejecutivo.
fin del off topic.
SHACK-AL- Comisario [Policia Federal]
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Fecha de inscripción : 09/10/2012
Re: El Fuero Militar Mexicano, la Suprema Corte y las Reformas.
Obviamnete que no. Kelsen se puede meter su teoria por el culo.
La SCJN es una corte de control politico. Mueve la ley para los intereses de quien los nombra (el presidente)
La SCJN es una corte de control politico. Mueve la ley para los intereses de quien los nombra (el presidente)
Avanzan límites sobre fuero militar 14 diciembre 2013
CIUDAD DE MÉXICO, 14 de diciembre.- El pleno del Senado dio ayer el primer paso para aprobar el paquete completo de avances en materia de derechos humanos, enviado por el presidente Enrique Peña Nieto, y que incluye el retiro de la reserva a la Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas, con lo cual los militares mexicanos ya no tendrán la protección del fuero de guerra en caso de incurrir en desaparición forzada.
Desde octubre, el presidente Enrique Peña Nieto propuso al Senado un paquete inédito de reformas para poner al país a la vanguardia internacional en esa materia, al grado de retirar el fuero de guerra para castigar con 50 años la desaparición forzada y regular la actuación del Estado en la suspensión de derechos y garantías.
De igual forma, planteó la regulación del procedimiento de expulsión de los extranjeros que incurran en hechos que constituyan una amenaza para la seguridad nacional o para el orden o la seguridad públicos.
Ayer, el pleno del Senado dejó en primera lectura el paquete de siete decretos que permitirán que México se actualice en materia de respeto a los derechos humanos.
Se trata de un paquete que incluye cambios al capítulo de desaparición forzada de personas del Código Penal Federal; la Ley Reglamentaria al artículo 29 constitucional, referente a la suspensión de derechos y garantías en caso de afectaciones graves a la seguridad nacional; a la seguridad interior, a la salud pública o desastres naturales o antropogénicos de gran magnitud e impacto a la población, y que se deriva de la reforma en materia de derechos.
Otra propuesta es para crear la Ley Reglamentaria al artículo 33, referente al proceso de expulsión de extranjeros.
De igual forma, informó de su decisión de retirar las reservas hechas por el gobierno de México a diversos instrumentos internacionales, para que el país se inscriba en la vanguardia de los parámetros de derechos humanos.
Se trata de la Convención sobre Condiciones de los Extranjeros; Convención sobre el Estatuto de los Refugiados; Convención sobre el Estatuto de los Apátridas; al Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; a la Declaración para el Reconocimiento de la Competencia Contenciosa de la Corte Interamericana de Derechos Humanos; de la Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y sus Familias.
Además, retira la reserva al instrumento de ratificación de la Convención Interamericana sobre la Desaparición Forzada de Personas, la cual se refiere al fuero de guerra que existe en México.
“El gobierno de México al ratificar la Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas, adoptada en la ciudad de Belém, Brasil, el 9 de junio de 1994, formula reserva expresa al Artículo IX, toda vez que la Constitución Política reconoce el fuero de guerra, cuando el militar haya cometido algún ilícito encontrándose en servicio.
“El fuero de guerra no constituye jurisdicción especial en el sentido de la Convención, toda vez que conforme al artículo 14 de la Constitución Mexicana nadie podrá ser privado de la vida, de la libertad o de sus propiedades, posesiones o derechos, sino mediante juicio seguido ante los tribunales previamente establecidos”, establece la explicación del entonces presidente Vicente Fox que se publicó en el Diario Oficial de la Federación.
Para la declaración de suspensión de derechos y garantías, el dictamen propone un procedimiento en el cual una vez reunidos los secretarios de Estado con el Presidente, donde se determine esa medida, la propondrá al Congreso, que tendrá hasta 72 horas para aprobarla.
fuente: http://www.excelsior.com.mx/nacional/2013/12/14/933751
Desde octubre, el presidente Enrique Peña Nieto propuso al Senado un paquete inédito de reformas para poner al país a la vanguardia internacional en esa materia, al grado de retirar el fuero de guerra para castigar con 50 años la desaparición forzada y regular la actuación del Estado en la suspensión de derechos y garantías.
De igual forma, planteó la regulación del procedimiento de expulsión de los extranjeros que incurran en hechos que constituyan una amenaza para la seguridad nacional o para el orden o la seguridad públicos.
Ayer, el pleno del Senado dejó en primera lectura el paquete de siete decretos que permitirán que México se actualice en materia de respeto a los derechos humanos.
Se trata de un paquete que incluye cambios al capítulo de desaparición forzada de personas del Código Penal Federal; la Ley Reglamentaria al artículo 29 constitucional, referente a la suspensión de derechos y garantías en caso de afectaciones graves a la seguridad nacional; a la seguridad interior, a la salud pública o desastres naturales o antropogénicos de gran magnitud e impacto a la población, y que se deriva de la reforma en materia de derechos.
Otra propuesta es para crear la Ley Reglamentaria al artículo 33, referente al proceso de expulsión de extranjeros.
De igual forma, informó de su decisión de retirar las reservas hechas por el gobierno de México a diversos instrumentos internacionales, para que el país se inscriba en la vanguardia de los parámetros de derechos humanos.
Se trata de la Convención sobre Condiciones de los Extranjeros; Convención sobre el Estatuto de los Refugiados; Convención sobre el Estatuto de los Apátridas; al Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; a la Declaración para el Reconocimiento de la Competencia Contenciosa de la Corte Interamericana de Derechos Humanos; de la Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y sus Familias.
Además, retira la reserva al instrumento de ratificación de la Convención Interamericana sobre la Desaparición Forzada de Personas, la cual se refiere al fuero de guerra que existe en México.
“El gobierno de México al ratificar la Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas, adoptada en la ciudad de Belém, Brasil, el 9 de junio de 1994, formula reserva expresa al Artículo IX, toda vez que la Constitución Política reconoce el fuero de guerra, cuando el militar haya cometido algún ilícito encontrándose en servicio.
“El fuero de guerra no constituye jurisdicción especial en el sentido de la Convención, toda vez que conforme al artículo 14 de la Constitución Mexicana nadie podrá ser privado de la vida, de la libertad o de sus propiedades, posesiones o derechos, sino mediante juicio seguido ante los tribunales previamente establecidos”, establece la explicación del entonces presidente Vicente Fox que se publicó en el Diario Oficial de la Federación.
Para la declaración de suspensión de derechos y garantías, el dictamen propone un procedimiento en el cual una vez reunidos los secretarios de Estado con el Presidente, donde se determine esa medida, la propondrá al Congreso, que tendrá hasta 72 horas para aprobarla.
fuente: http://www.excelsior.com.mx/nacional/2013/12/14/933751
kibalion777- Señalero
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