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Viola presunción de inocencia el código militar, señala la Corte 2vwzcep

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Viola presunción de inocencia el código militar, señala la Corte

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Mensaje por Lanceros de Toluca Noviembre 15th 2012, 22:46

Viola presunción de inocencia el código militar, señala la Corte

Jesús Aranda
Periódico La Jornada
Jueves 15 de noviembre de 2012, p. 12

El artículo 102 del Código de Justicia Militar es inconstitucional, porque viola el derecho de los soldados a la presunción de inocencia, señaló la primera sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

Al conceder un amparo, los ministros determinaron que es ilegal que dicho artículo señale que en los delitos del orden castrense, la intención delictuosa se presume salvo prueba en contrario.

La resolución de la Corte señala que dicha norma permite presumir la intencionalidad del delito durante todo el proceso penal, lo que implica una equiparación entre acusado y culpable, aun antes de que se dicte sentencia.

Es decir –añadieron los integrantes de la primera sala–, el artículo juzga a priori la conducta del acusado, lo que hace factible que se emita el auto de formal prisión y la sentencia condenatoria con apoyo ene una presunción.

Exime al Ministerio Público de obligación de aportar pruebas

Además –precisaron–, la norma es ilícita porque permite eximir al Ministerio Público de su obligación de aportar pruebas que demuestren la intencionalidad del delito y, en consecuencia, posibilita al juez dictar auto de formal prisión y la sentencia correspondiente sin relacionar medio de convicción alguno que lo lleve a concluir que existe una probable o plena intencionalidad del acusado.

En este caso, un juez militar emitió auto de formal prisión y sentenció a un comandante de guardia de la Armada de México, acusado de violar el artículo 102 (presunción de intención delictuosa en el fuero militar) y 343 fracción II del Código de Justicia Militar, que prevé una pena de dos años de prisión a quien oculte información sobre asuntos relacionados con el servicio castrense, cuando sea interrogado por un mando superior, en razón de que omitió anotar en la libreta de parte de novedades un hecho que supuestamente ocurrió al cumplir su guardia.

Inconforme, Ramiro Campos Lomelí interpuso un amparo, el cual resolvió en definitiva la SCJN, la cual señaló que los miembros del Ejército, Fuerza Aérea y Armada de México tienen el derecho a la presunción de inocencia dentro del proceso penal que se inicie en su contra.

Los ministros concluyeron que su condición de militares no significa que carezcan del derecho fundamental de presunción de inocencia.
http://www.jornada.unam.mx/2012/11/15/politica/012n4pol

A ver que pasa ahora. Pinta interesante ver que pasa. A ver si se juntan los 5 casos para hacer Jurisprudencia. Seguramente otros varios se ampararan por el mismo motivo.


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Mensaje por Lanceros de Toluca Noviembre 15th 2012, 22:47

Militares cuentan con derecho a presunción de inocencia: SCJN

Ministros resolvieron que en los delitos del orden castrense la intención delictuosa se presume salvo prueba de lo contrario

Juan Pablo Reyes
2012-11-14 16:46:00

CIUDAD DE MÉXICO, 14 de noviembre.- La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que los integrantes del Ejército, Armada y Fuerza Aérea, cuentan con el derecho de presunción de inocencia dentro del proceso penal que se instaure en su contra, en términos del Código de Justicia Militar.

En su sesión de este miércoles los ministros resolvieron que el artículo 102 de dicho Código, el cual indica que en los delitos del orden castrense la intención delictuosa se presume salvo prueba de lo contrario, violenta el principio de presunción de inocencia por lo cual es inconstitucional.

Puntualizaron, al resolver el amparo en revisión 566/2012 que dicho artículo permite presumir la intencionalidad de un delito durante todo el proceso penal, lo que implica una equiparación entre imputado y culpable, aun antes del dictado de una sentencia, en la cual se respeten todas las garantías judiciales.

"A priori se establece que la realización de la conducta cuestionada se realizó con el ánimo de violar la ley, y sobre esta base hace factible emitir tanto el auto de formal prisión como la sentencia condenatoria con apoyo en esa presunción, si es que el procesado no logra desvirtuarla", determina.

Quienes integran la Primera Sala del máximo tribunal del país resaltaron que el artículo 102 de Código de Justicia Militar también vulnera el principio de presunción de inocencia en su vertiente de regla probatoria, toda vez que libra al Ministerio Público de su tarea de aportar pruebas que demuestren la intencionalidad en la comisión del delito, lo cual contraviene de igual manera al principio acusatorio que impera en materia penal, ya que en él le corresponde al Ministerio Público buscar y presentar las pruebas que acrediten la responsabilidad de los inculpados.

Al discutir la ponencia del ministro Arturo Zaldívar, los ministros remarcaron que de acuerdo con el artículo 123 de la Carta Magna los militares se regirán por sus propias leyes, de tal suerte que sus condiciones laborales y de disciplina son diversas a las que rigen a los civiles, sin embargo, agregaron, que esta condición no puede llevar al extremo de considerar que carecen de un derecho fundamental como lo es la presunción de su inocencia dentro de un procedimiento penal, instaurado por la propia justicia militar.
http://www.excelsior.com.mx/index.php?m=nota&seccion=nacional&cat=1&id_nota=869794

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