El Fuero Militar Mexicano, la Suprema Corte y las Reformas.
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El Fuero Militar Mexicano, la Suprema Corte y las Reformas.
Recuerdo del primer mensaje :
El proyecto de sentencia para que militares puedan ser juzgados por autoridades civiles llega hoy a la Suprema Corte de Justicia con oposición del gobierno federal y con mayoría de ministros dividida
Carlos Avilés
El Universal
Lunes 10 de agosto de 2009
caviles@eluniversal.com.mx
El proyecto de sentencia para que los militares puedan ser juzgados por autoridades civiles llega hoy a la Suprema Corte de Justicia de la Nación con la oposición del gobierno federal y con la mayoría de ministros dividida.
El documento del ministro José Ramón Cossío Díaz propone que los militares que cometan delitos contra la población sean juzgados por tribunales civiles y no por el Ejército, como ocurre en la actualidad.
Debido al tema, el secretario de Gobernación, Fernando Gómez Mont, visitó personalmente a cada uno de los ministros del máximo tribunal para presentarles sus argumentos en contra de que se limite el fuero militar.
El funcionario federal no sólo les expuso argumentos jurídicos, sino la preocupación del gobierno federal respecto a que si prospera la propuesta se pondría en riesgo a las Fuerzas Armadas, su institucionalidad y la lucha contra el crimen organizado, según datos recabados por este diario.
El secretario explicó que los soldados involucrados en agresiones a civiles atentan contra la disciplina militar, por lo cual deben ser juzgados bajo el fuero de guerra.
Gómez Mont también pidió revisar la opción de desechar, de inicio y sin entrar a la discusión de fondo, el juicio de amparo que detonó este asunto.
Antes que el titular de Gobernación, la Secretaría de la Defensa, a través de la Procuraduría de Justicia Militar, también intercedió ante los ministros.
Fuentes dentro de la Corte consideran difícil que prospere el proyecto del ministro José Ramón Cossío.
Invitado- Invitado
Re: El Fuero Militar Mexicano, la Suprema Corte y las Reformas.
No, el fuero de Guerra aplica en caso de conflictos, donde se le da inmunidad a los militares por sus acciones en combate, equivalente al caso de "Rebelión"; donde aún cuando un rebelde armado le de muerte a un civil armado o no, policía o militar y cause daños materiales, este no será procesado por dichos delitos si se dieron en el transcurso de un combate; donde de ser capturado solo puede ser procesado por el delito de Rebelión(2 años?), quedando excento del concurso de delitos por la situación anteriormente expuesta.Bg8 escribió:^^ en serio te crees eso?? todos sabemos que el fuero de guerra protege a los militares de todas las atrocidades que hacen
De modo que el fuero de Guerra aplica de la misma forma, con la excepción que ellos no pueden ser procesados, puesto que estaban en cumplimiento de su servicio a la nación.
Ahora, sobre impunidad, eso es falso, hay militares procesados o sujetos a proceso en prisiones militares, eso de acuerdo a delitos que pudiesen cometer estando en servicio; si los delitos se cometieron no estando en servicio, la acción penal corresponde a la justicia civil.
Que tu o yo no estemos enterados de todos los casos de militares juzgados y purgando condena, no implica que no existan.
Enemigo Público- Miembro Honorario
- Cantidad de envíos : 653
Fecha de inscripción : 09/03/2011 Edad : 36
Re: El Fuero Militar Mexicano, la Suprema Corte y las Reformas.
Bg8 escribió:^^ en serio te crees eso?? todos sabemos que el fuero de guerra protege a los militares de todas las atrocidades que hacen
si no te late el tema mejor te invito a que pases a unforo de indole politica, aqui todos aportamos al tema referente a las FAS no venimos a criticar a quienes tratan y de mantener en pie a un pais ingrato y donde las ratas son mas queridas por gente como tu.
ORAI- Miembro Honorario
- Cantidad de envíos : 1176
Fecha de inscripción : 02/08/2010 Edad : 37
Re: El Fuero Militar Mexicano, la Suprema Corte y las Reformas.
Bg8, pedazo de idiota, te invito a que pases a la seccion "Los Militares contra la Delincuencia Organizada" para que veas con tus propios ojitos de chamaco cagon los procesos iniciados por la propia SEDENA
Cada ves que hablas, la defecas. Ya mejor cierra el hocico chinga.
Cada ves que hablas, la defecas. Ya mejor cierra el hocico chinga.
Presenta el PRI en el Senado una iniciativa para acotar el fuero militar
Presenta el PRI en el Senado una iniciativa para acotar el fuero militar.
Busca que delitos castrenses se notifiquen a justicia ordinaria.
Víctor Ballinas
Periódico La Jornada
Lunes 4 de marzo de 2013, p. 12
El Partido Revolucionario Institucional (PRI) en el Senado presentó una iniciativa para modificar el Código de Justicia Militar, con el objetivo de estipular en el artículo 57 que los delitos cometidos por soldados "vinculados a civiles los conocerá siempre la justicia ordinaria".
De lo que se trata, explicó el senador del tricolor Aarón Irízar López, es acotar el fuero militar "a los asuntos que atenten contra la disciplina castrense exclusivamente, tal como lo expresó la Suprema Corte de Justicia de la Nación en resoluciones recientes".
Con ello, aseveró, se atiende la resolución de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) en el caso de la desaparición forzada de Rosendo Radilla. Ésta "ordenó al gobierno mexicano armonizar el marco jurídico nacional con los estándares internacionales en materia de derechos humanos".
Irízar López subraya en su iniciativa que el artículo 57 de dicho código, inciso dos, "redunda en la franca expansión del fuero militar, generando que los delitos que por su naturaleza resulten del orden común o federal, sin ser conexos a la disciplina militar propiamente, sean trasladados al extremo, en razón del fuero personal por la participación de militares, quebrantando las garantías mínimas de los sujetos pasivos del delito".
Sostiene: "De la interpretación armónica de los artículos 13 y 129 de la Constitución se infiere que aun cuando el delito sea cometido por militares en el momento de estar en servicio o con motivo de actos del mismo, no es suficiente para que su conocimiento corresponda a la justicia penal castrense".
Abunda en su propuesta que esa situación debe ser subsanada por el órgano competente del Estado para expedir y armonizar las leyes, que es el Congreso de la Unión por conducto de sus dos cámaras.
“Es de gran importancia que el Poder Legislativo asuma su responsabilidad y preocupación por armonizar la legislación en casos como éste, toda vez que en el supuesto de que se diese una inactividad de éste sabemos que opera de facto la actividad propia del Poder Judicial y entonces se convierte en legislador positivo, que institucionalmente no le corresponde, pero que ha sido el encargado de resolver casos que son llevados ante dicha instancia por los ciudadanos que se ven afectados”, advierte.
Refiere en su iniciativa que el pleno de la SCJN declaró inconstitucional el artículo 57, fracción dos, inciso A, del Código de Justicia Militar, ya que es incompatible con lo dispuesto en el numeral 13 de la Constitución. "Por ello resulta de fundamental importancia proveer lo necesario para que se acate lo resuelto por el organismo internacional mencionado, así como por nuestro más alto tribunal de constitucionalidad".
En ese tenor, el senador propone derogar el artículo 58 del Código de Justicia Militar y modificar el artículo 57 para precisar que en los delitos cometidos por militares "vinculados a civiles conocerá siempre la justicia ordinaria".
Fuente: http://www.jornada.unam.mx/2013/03/04/politica/012n2pol
La Teniente Roca- Señalero
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Fecha de inscripción : 31/01/2013 Edad : 42
Re: El Fuero Militar Mexicano, la Suprema Corte y las Reformas.
sigo sin entender que hace Bg8 en este foro cada ves que me pongo a leer temas estoy encontrando mas seguido a Bg8 agrediendo a los militares de mexico xD
saludos!
Invitado- Invitado
Re: El Fuero Militar Mexicano, la Suprema Corte y las Reformas.
Yo siempre he dicho que discutir con un p*****o es engrandecerlo y como dice el dicho "Nunca discutas con un imbécil, te hará descender a su nivel y allí te ganará por experiencia... salvo excepciones en que el imbécil abandonará por falta de argumentos".
Así que, caballeros, ahórrense el estar hacendo hígado y mejor dénle cuello
Así que, caballeros, ahórrense el estar hacendo hígado y mejor dénle cuello
La Teniente Roca- Señalero
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Fecha de inscripción : 31/01/2013 Edad : 42
Re: El Fuero Militar Mexicano, la Suprema Corte y las Reformas.
No considero necesario o justo expulsarlo, simplemente ignorar sus comentarios.
SHACK-AL- Comisario [Policia Federal]
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Fecha de inscripción : 09/10/2012
Sedena analiza fuero militar con senadores.
Sedena analiza fuero militar con senadores.
Víctor Ballinas
Periódico La Jornada
Jueves 7 de marzo de 2013, p. 26
La próxima semana el secretario de la Defensa Nacional, Salvador Cienfuegos Zepeda, asistirá al Senado, a la Comisión de Defensa Nacional, donde conversará con los legisladores y entregará su propuesta de reforma al fuero militar.
El presidente de esa comisión, el panista Fernando Yúnez Márquez, dijo que "hay muchas iniciativas y el miércoles vamos a generar un grupo para trabajar sobre esa modificación".
Ayer senadores integrantes de la Comisión de Defensa Nacional desayunaron con el enlace legislativo de la Sedena, José Luis Chinas Silva, con quien acordaron se verá la agenda legislativa que le interesa a la Sedena.
"Estamos haciendo el listado de los temas que a los senadores nos interesa, así como los pendientes. Y lo que urge es la reforma al fuero militar", aseveró Yúnez Máquez.
El senador del Partido Verde, Luis Armando Melgar Bravo, dijo que tocaron el punto de la gendarmería, "En teoría está reclutando al personal, aunque hay que tener presente que el Ejército es deficitario en cuanto a personal, apenas se dan abasto".
Fuente: http://www.jornada.unam.mx/2013/03/07/politica/026n2pol
La Teniente Roca- Señalero
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Fecha de inscripción : 31/01/2013 Edad : 42
Retomará el Senado reforma al Código de Justicia Militar en materia de fuero
La reforma del Código de Justicia Militar en materia de fuero será retomada por el Senado de la República para atender la resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que estableció que cualquier delito cometido por un militar en contra de un civil deberá ser procesado en un juzgado civil, señaló el senador panista Fernando Yunes Márquez, presidente de la Comisión de Defensa Nacional del Senado.
Aunque la legislatura pasada abordó el tema y en comisiones había un dictamen aprobado por la mayoría de los senadores, al final quedó congelado y nunca pasó al pleno del Senado para su votación.
Al respecto, Yunes Márquez señaló que en la comisión que encabeza no hay ningún dictamen de la Legislatura pasada al respecto, por lo que el tema será retomado.
"Se consultará a especialistas, se están analizando las ocho iniciativas que hay en la materia en el Senado, donde ya tenemos ciertas coincidencias y algunas divergencias; llamaremos a los expertos de cada uno de los temas para clarificarnos y tratar de sacar un dictamen único y el objetivo final es que vaya por unanimidad, sobre todo en adecuación a lo ya establecido por la Suprema Corte de Justicia de la Nación y con un irrestricto respeto para los derechos humanos.
"Hay iniciativas nuevas y de Legislaturas pasadas; hay muchas coincidencias, pero la realidad es que nosotros nos debemos ceñir al criterio de la Suprema Corte para que el marco jurídico esté adecuado a esto".
De las ocho iniciativas que están en análisis, una de ellas es la del senador priista Aarón Irizar López, quien propuso reformar el artículo 57 del Código, para establecer que "de los delitos vinculados a civiles, conocerá siempre la justicia ordinaria (civil), sin perjuicio de las prevenciones administrativas que resulten".
La iniciativa refiere, en la exposición de motivos, que se debe tener presente de manera concreta que lo resuelto por la SCJN, "es la determinación de que los delitos perpetrados por militares contra civiles, fueren estos cómplices o víctimas, no deben ser juzgados por jueces castrenses, sino por tribunales civiles".
Desde el 2009, la Corte Interamericana de los Derechos Humanos (CIDH) sugirió que se reformara el artículo 57 del Código de Justicia Militar, relativo al fuero de guerra cuando se denuncien delitos de desaparición forzada, luego de haber sentado una sentencia en contra del gobierno mexicano por el caso de la desaparición de Rosendo Radilla, un indígena del estado de Guerrero.
Ante ese llamado, en octubre de 2010, el entonces presidente Felipe Calderón envió una iniciativa al Senado de la República para atender la sentencia emitida por la CIDH, pero el 30 de abril del 2012 la anterior Legislatura concluyó el último periodo ordinario de sesiones y no prosperó la reforma, cuyo dictamen había sido aprobado el 19 de abril por las comisiones unidas de Justicia, que presidía el panista Alejandro González Alcocer; Gobernación, presidida por el priista Jesús Murillo Karam, y Estudios Legislativos Segunda, que fue presidida por el otrora perredista Tomás Torres.
Entre lo avalado por las comisiones, destaca que los elementos castrenses que cometieran cualquier delito del fuero común o violaciones a los derechos humanos fueran juzgados en tribunales civiles del orden federal, pero cumplirían sus sentencias en prisiones militares, y se formalizó la Policía Ministerial Militar con facultades para notificar antes que a nadie el Ministerio Público Militar para que éste conozca de estos delitos.
Posteriormente, en agosto del 2012, la Suprema Corte de Justicia declaró inconstitucional la fracción II del artículo 57 del Código de Justicia Militar, que refiere que en caso de que se cometan delitos en los que estén involucrados militares y civiles, los militares deberán ser juzgados por la justicia militar, ya que, consideraron los ministros, va en contra del artículo 13 constitucional, el cual refiere que ninguna persona puede ser juzgada por leyes privativas ni por tribunales especiales, como lo es una corte militar.
http://www.cronica.com.mx/notas/2013/740035.html
belze- Staff
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Fecha de inscripción : 10/09/2012
Re: El Fuero Militar Mexicano, la Suprema Corte y las Reformas.
Ojala y que lo reformen completo. Seria mucho mucho mejor. Es viejisimo ese codigo!
Proponen eliminar delitos del orden común del fuero militar.
Proponen eliminar delitos del orden común del fuero militar.
Notimex | Nacional | Fecha: 2013-03-27 | Hora de creación: 14:27:04 | Ultima modificación: 14:27:04
El senador del PRD, Alejandro Encinas Rodríguez, propuso eliminar la extensión extraordinaria del fuero militar hacia los delitos del orden común, pues consideró que contraviene el Artículo 13 de la Constitución Política Mexicana.
En ese sentido, el legislador por el Estado de México pidió que el Ministerio Público Militar sólo conozca los hechos que puedan constituir un delito de competencia de los tribunales militares, previa la declinación de competencia del Ministerio Público ordinario.
En entrevista, Encinas Rodríguez dijo que con ello los menores de 18 años matriculados en escuelas militares que incurran en conductas que pudieran constituir delitos, deberán ser remitidos y atendidos por el Sistema de Justicia Penal para Adolescentes.
Opinó que la institución del fuero militar que funciona como instrumento para el mantenimiento de la disciplina de las Fuerzas Armadas, vulnera derechos y garantías constitucionales como el acceso a la justicia y la presunción de inocencia no sólo de militares sino de la población en general.
El senador del Partido de la Revolución Democrática (PRD) señaló que pese a que México signó la Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas se reservó el Artículo IX que no satisface el primer requisito establecido en el artículo XIX.
Por lo cual, agregó, se le considera invalida y por el que el Estado está obligado a tomar medidas de carácter legislativo, administrativo y judicial para cumplir con los compromisos asumidos en la propia convención.
La iniciativa que reforma, adiciona y deroga los Artículos 57, 58, 78, 153, 154, 156, 330, 435, 442, 603 y 740 del Código de Justicia Militar, fue enviada a las Comisiones de Justicia y de Estudios Legislativos, para su análisis y dictamen.
arg
Fuente: http://www.cronica.com.mx/notas/2013/740691.html
La Teniente Roca- Señalero
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Fecha de inscripción : 31/01/2013 Edad : 42
Re: El Fuero Militar Mexicano, la Suprema Corte y las Reformas.
No coincido totalmente con el Senador en cuanto a su propuesta, pero creo que en lo que si tiene razon, es diferenciar a los militares que son menores de edad y cometieron algun ilicito del fuero castrense, ya que entre otras cosas, no existe un espacio fisico en donde recluirlos en estas situaciones, tambien es cierto que ciertos delitos, si bien cometidos por militares menores de edad, sencillamente no existen en el fuero comun, tales como la insubordinacion, o la desercion, por citar dos ejemplos. Luego entonces, si propuesta tambien es incompleta.
Y pues por ultimo, habria que ver cuantos militares menores de edad han sido procesados en los ultimos seis años, hasta donde yo tengo conocimiento, no son ni 5.
Y pues por ultimo, habria que ver cuantos militares menores de edad han sido procesados en los ultimos seis años, hasta donde yo tengo conocimiento, no son ni 5.
SHACK-AL- Comisario [Policia Federal]
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Fecha de inscripción : 09/10/2012
Re: El Fuero Militar Mexicano, la Suprema Corte y las Reformas.
La pregunta es: como v^%&@$ hay militares menores de edad??? osea que pedo de donde los sacaron???
Re: El Fuero Militar Mexicano, la Suprema Corte y las Reformas.
Yo supongo que se refieren a los que entran a planteles con permiso firmado.
belze- Staff
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Fecha de inscripción : 10/09/2012
Re: El Fuero Militar Mexicano, la Suprema Corte y las Reformas.
Efectivamente, se trata de aquellos que ingresan a planteles cuyo egreso es como Sargento Segundo y para los cuales unicamente piden tener la secundaria terminada y un minimo de 16 años, tales como la EMTEFA, la Escuela Militar de Transmisiones, o la de Materiales de Guerra.
A poco no sabias? jejeje, no inventes Lanceros, ahora si te viste bien reclu.
A poco no sabias? jejeje, no inventes Lanceros, ahora si te viste bien reclu.
SHACK-AL- Comisario [Policia Federal]
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Fecha de inscripción : 09/10/2012
Re: El Fuero Militar Mexicano, la Suprema Corte y las Reformas.
No es que hay por ahi un tratado internacional que prohibe a Mexico reclutar menores de edad a las Fuerzas Armadas, algo asi de evitar niños soldados y ese tipo de cosas (De hecho por eso la Marina ya solo acepta con prepa) Sabes de sobra que convenios internacionales son ley Suprema junto con la CPEUM
Y no solo eso, sino que es posible que se tenga que modificar la Ley del SMN por lo mismo.
Y no solo eso, sino que es posible que se tenga que modificar la Ley del SMN por lo mismo.
Re: El Fuero Militar Mexicano, la Suprema Corte y las Reformas.
Si, es lo que estaba pensando, y la conclusion a que arribe, obviamente es idea mia; que la SDN le haya dado la vuelta a este convenio alegando que un Plantel Militar es eso, una escuela, y que quienes forman parte de esta, no se encuentran en combate, sino estudiando, o algo parecido.
SHACK-AL- Comisario [Policia Federal]
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Fecha de inscripción : 09/10/2012
Re: El Fuero Militar Mexicano, la Suprema Corte y las Reformas.
No pues si se dan cuenta los de DH y cosas asi les van a zampar le reata y al gobierno mexicano le va a caer un problemon...
Retoma el Senado discusión sobre la extensión del fuero militar
En el Senado se reanudó ayer la discusión sobre la desaparición del fuero militar para actos en que involucre a civiles, tema pendiente desde la pasada legislatura, y se presentó un anteproyecto de dictamen que contempla que aquellos elementos de las fuerzas armadas que cometan delitos contra civiles serán juzgados en tribunales del fuero común.
Durante una reunión de la Comisión de Justicia del Senado, que preside el panista Roberto Gil Zuarth, se acordó poner a debate el proyecto y organizar foros de discusión en los que se escuchará a integrantes de las fuerzas armadas y de las organizaciones no gubernamentales.
La senadora Arely Gómez , del PRI, precisó que se trata de un proyecto integral con 12 temas, que incluyen los alcances del fuero militar y el delito de de-saparición forzada de personas.
La legisladora destacó que el fuero militar no debe equipararse a impunidad ni debe constituir un privilegio ni una protección para los miembros del Ejército y la Marina que cometan delitos contra civiles.
Se busca, detalló la legisladora priísta, modernizar la justicia militar con pleno respeto a los derechos humanos.
A su vez, el senador del PRD Alejandro Encinas expuso que se recogieron las iniciativas sobre fuero militar presentadas en esta y otras legislaturas. Asimismo, propuso la realización de tres audiencias públicas en las que también se escuche a juristas, especialistas y académicos vinculados con el tema. ‘‘Qué mejor que hacer una discusión pública de cara a los interesados y fundamentalmente a la opinión pública’’, expresó.
Gil Zuarth, a su vez, precisó que estas consultas se realizarán durante agosto, para que en septiembre se puedan dictaminar y resolver en el pleno del Senado.
En los seis años de la anterior legislatura senatorial no fue posible llegar a un acuerdo sobre este tema, ya que los legisladores se encontraron siempre con la oposición de la cúpula de las fuerzas armadas.
FUENTE:
http://www.jornada.unam.mx/2013/07/11/politica/007n3pol
Durante una reunión de la Comisión de Justicia del Senado, que preside el panista Roberto Gil Zuarth, se acordó poner a debate el proyecto y organizar foros de discusión en los que se escuchará a integrantes de las fuerzas armadas y de las organizaciones no gubernamentales.
La senadora Arely Gómez , del PRI, precisó que se trata de un proyecto integral con 12 temas, que incluyen los alcances del fuero militar y el delito de de-saparición forzada de personas.
La legisladora destacó que el fuero militar no debe equipararse a impunidad ni debe constituir un privilegio ni una protección para los miembros del Ejército y la Marina que cometan delitos contra civiles.
Se busca, detalló la legisladora priísta, modernizar la justicia militar con pleno respeto a los derechos humanos.
A su vez, el senador del PRD Alejandro Encinas expuso que se recogieron las iniciativas sobre fuero militar presentadas en esta y otras legislaturas. Asimismo, propuso la realización de tres audiencias públicas en las que también se escuche a juristas, especialistas y académicos vinculados con el tema. ‘‘Qué mejor que hacer una discusión pública de cara a los interesados y fundamentalmente a la opinión pública’’, expresó.
Gil Zuarth, a su vez, precisó que estas consultas se realizarán durante agosto, para que en septiembre se puedan dictaminar y resolver en el pleno del Senado.
En los seis años de la anterior legislatura senatorial no fue posible llegar a un acuerdo sobre este tema, ya que los legisladores se encontraron siempre con la oposición de la cúpula de las fuerzas armadas.
FUENTE:
http://www.jornada.unam.mx/2013/07/11/politica/007n3pol
Invitado- Invitado
Fuero militar sólo operaría para delitos de la disciplina castrense
El proyecto de dictamen sobre justicia militar, consensuado por todas las fuerzas políticas en el Senado, establece con claridad que los elementos de las fuerzas armadas que violen derechos humanos de civiles deberán ser juzgados en tribunales del fuero común, ya que el fuero militar sólo operará para los delitos relacionados con la disciplina castrense.
De esa forma se cumple con resoluciones de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) y con sentencias de tribunales internacionales a fin de adecuar el Código de Justicia Militar con lo establecido en la Constitución y con sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).
En ese proyecto, elaborado por cuatro comisiones dictaminadoras, se conforma un nuevo marco jurídico para la desaparición forzada de personas, delito que se tipifica como ‘‘continuado e imprescriptible’’ y se sancionará, en el caso de militares y en general servidores públicos, con prisión de 25 a 50 años, pena que se aumenta en una cuarta parte si la víctima muere, se oculta el cadáver o quien desaparece está en situación vulnerable.
Ello, a diferencia de la iniciativa que presentó en octubre de 2010 el entonces presidente Felipe Calderón, en la que el delito de desaparición forzada prescribía a los 35 años, lo que habría impedido juzgar a los militares y autoridades implicadas en la llamada guerra sucia de los años 70.
En general, los integrantes de las comisiones de Justicia, Defensa Nacional, Estudios Legislativos primera y segunda, fueron más allá de lo propuesto en esa iniciativa y en siete más que se presentaron en la pasada legislatura (61) en torno al fuero militar.
El senador del PRD Alejandro Encinas, secretario de la Comisión de Defensa, expresó que tienen confianza en que esa reforma saldrá en el próximo periodo de sesiones de septiembre, ya que la situación es distinta a la que se dio en el sexenio pasado, en que los mandos castrenses frenaron toda modificación al Código de Justicia Militar.
Dijo que percibe ‘‘voluntad política’’ del secretario de la Defensa Nacional, Salvador Cienfuegos, para que se legisle en esta materia.
En el proyecto de dictamen –que consta de 259 páginas– se detalla que se modificará por completo el Código de Justicia Militar, instrumento que data de 1933, a fin de no sólo acotar el llamado también ‘‘fuero de guerra’’, sino para modernizarlo y lograr una mejor defensa de los militares cuando se trate de delitos relativos a la disciplina castrense.
En la exposición de motivos, los legisladores señalan que la redacción actual del artículo 57 del Código de Justicia Militar se contrapone con lo establecido en la Constitución, por lo que se modificó a fin de que ‘‘ninguna violación a derechos humanos sea conocida en el fuero militar.
Asimismo, se creó la figura de juez de ejecución de sentencias, que será el responsable de juzgar los casos de militares que violen derechos humanos de civiles. Fue éste uno de los puntos que más se debatieron en la pasada legislatura, ya que los mandos de las fuerzas armadas pretendían que la responsabilidad recayera en un juzgador experto en derecho castrense o que fuera incluso un ex militar.
En el proyecto sólo se especifica que este juzgador debe ser ‘‘especialista en derecho penal y amplio conocedor de los aspectos criminológicos y penitenciarios. Para salvar otra de las preocupaciones de la cúpula castrense, los legisladores establecieron que los sentenciados podrán purgar sus condenas en prisiones militares, solicitándolo al juez que instruye el proceso.
Además, con el objetivo de modernizar el Código de Justicia Militar, se incluyen otras modificaciones. Por ejemplo, suprimir del texto ‘‘Secretaría de Guerra y Marina’’, que hace varias décadas dejó de existir, por las de Secretaría de la Defensa Nacional y Secretaría de Marina.
FUENTE:
http://www.jornada.unam.mx/2013/07/12/politica/007n1pol
De esa forma se cumple con resoluciones de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) y con sentencias de tribunales internacionales a fin de adecuar el Código de Justicia Militar con lo establecido en la Constitución y con sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).
En ese proyecto, elaborado por cuatro comisiones dictaminadoras, se conforma un nuevo marco jurídico para la desaparición forzada de personas, delito que se tipifica como ‘‘continuado e imprescriptible’’ y se sancionará, en el caso de militares y en general servidores públicos, con prisión de 25 a 50 años, pena que se aumenta en una cuarta parte si la víctima muere, se oculta el cadáver o quien desaparece está en situación vulnerable.
Ello, a diferencia de la iniciativa que presentó en octubre de 2010 el entonces presidente Felipe Calderón, en la que el delito de desaparición forzada prescribía a los 35 años, lo que habría impedido juzgar a los militares y autoridades implicadas en la llamada guerra sucia de los años 70.
En general, los integrantes de las comisiones de Justicia, Defensa Nacional, Estudios Legislativos primera y segunda, fueron más allá de lo propuesto en esa iniciativa y en siete más que se presentaron en la pasada legislatura (61) en torno al fuero militar.
El senador del PRD Alejandro Encinas, secretario de la Comisión de Defensa, expresó que tienen confianza en que esa reforma saldrá en el próximo periodo de sesiones de septiembre, ya que la situación es distinta a la que se dio en el sexenio pasado, en que los mandos castrenses frenaron toda modificación al Código de Justicia Militar.
Dijo que percibe ‘‘voluntad política’’ del secretario de la Defensa Nacional, Salvador Cienfuegos, para que se legisle en esta materia.
En el proyecto de dictamen –que consta de 259 páginas– se detalla que se modificará por completo el Código de Justicia Militar, instrumento que data de 1933, a fin de no sólo acotar el llamado también ‘‘fuero de guerra’’, sino para modernizarlo y lograr una mejor defensa de los militares cuando se trate de delitos relativos a la disciplina castrense.
En la exposición de motivos, los legisladores señalan que la redacción actual del artículo 57 del Código de Justicia Militar se contrapone con lo establecido en la Constitución, por lo que se modificó a fin de que ‘‘ninguna violación a derechos humanos sea conocida en el fuero militar.
Asimismo, se creó la figura de juez de ejecución de sentencias, que será el responsable de juzgar los casos de militares que violen derechos humanos de civiles. Fue éste uno de los puntos que más se debatieron en la pasada legislatura, ya que los mandos de las fuerzas armadas pretendían que la responsabilidad recayera en un juzgador experto en derecho castrense o que fuera incluso un ex militar.
En el proyecto sólo se especifica que este juzgador debe ser ‘‘especialista en derecho penal y amplio conocedor de los aspectos criminológicos y penitenciarios. Para salvar otra de las preocupaciones de la cúpula castrense, los legisladores establecieron que los sentenciados podrán purgar sus condenas en prisiones militares, solicitándolo al juez que instruye el proceso.
Además, con el objetivo de modernizar el Código de Justicia Militar, se incluyen otras modificaciones. Por ejemplo, suprimir del texto ‘‘Secretaría de Guerra y Marina’’, que hace varias décadas dejó de existir, por las de Secretaría de la Defensa Nacional y Secretaría de Marina.
FUENTE:
http://www.jornada.unam.mx/2013/07/12/politica/007n1pol
Invitado- Invitado
Re: El Fuero Militar Mexicano, la Suprema Corte y las Reformas.
No se porque esta discucion aun continua en el Congreso, finalmente, el fuero militar ya no se esta aplicando cuando un militar comete algun ilicito en agravio de civiles.
De hecho, un delito cometido por militares en agravio de civiles no solo tiene que ver con las actividades meramente castrenses, sino por ejemplo, en el caso de los medicos, cuando existe alguna denuncia por alguna probable negligencia y el paciente no sea el militar, sino derechohabiente, tambien estan conociendo los Juzgados civiles.
De hecho, un delito cometido por militares en agravio de civiles no solo tiene que ver con las actividades meramente castrenses, sino por ejemplo, en el caso de los medicos, cuando existe alguna denuncia por alguna probable negligencia y el paciente no sea el militar, sino derechohabiente, tambien estan conociendo los Juzgados civiles.
SHACK-AL- Comisario [Policia Federal]
- Cantidad de envíos : 735
Fecha de inscripción : 09/10/2012
Re: El Fuero Militar Mexicano, la Suprema Corte y las Reformas.
Porque aun no reforman el Codigo de Justicia Militar. Se tiene que hacer por higiene legislativa. Siguen siendo anticonstitucionales algunos de sus articulos.
Re: El Fuero Militar Mexicano, la Suprema Corte y las Reformas.
Ni lo reformaran, es decir, para que se limite el fuero de guerra en asuntos en los que un civil se vea involucrado, no se requiere la reforma al Codigo de Justicia Militar, basta con aplicar los criterio de la Suprema Corte, y asi, los Juzgados Militares declinaran la competencia de cualquier proceso, de igual forma, los Agentes Investigadores, ya no remitiran sus averiguaciones previas a un Juez Militar, sino a uno del Fuero Comun o Federal, segun sea el caso.
Aunque si, es un hecho que muchos articulos de dicho Codigo no solo son anticonstitucionales, sino que han sido rebasados por la modernidad. Que es eso de procesar por desercion a un militar por alejarse mas de 40 kilometros de su unidad?, eso funciono muy bien en los 30s, cuando el medio mas rapido de transporte eran el tren y a caballo, hoy es mas rapido llegar via a aerea desde Acapulco, que ir de Polanco a Satelite en hora pico.
si hay gente que diariamente
Aunque si, es un hecho que muchos articulos de dicho Codigo no solo son anticonstitucionales, sino que han sido rebasados por la modernidad. Que es eso de procesar por desercion a un militar por alejarse mas de 40 kilometros de su unidad?, eso funciono muy bien en los 30s, cuando el medio mas rapido de transporte eran el tren y a caballo, hoy es mas rapido llegar via a aerea desde Acapulco, que ir de Polanco a Satelite en hora pico.
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SHACK-AL- Comisario [Policia Federal]
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Re: El Fuero Militar Mexicano, la Suprema Corte y las Reformas.
No no Shack. Una cosa es que este parchado, pero el obligacion del Legislativo el enmendar las leyes que se declaren anticonstitucionales.
Que no lo hayan querido/podido/sabido hacer, es una cuestion muy diferente.
Pero de que se debe de hacer, se debe de hacer.
Que no lo hayan querido/podido/sabido hacer, es una cuestion muy diferente.
Pero de que se debe de hacer, se debe de hacer.
Re: El Fuero Militar Mexicano, la Suprema Corte y las Reformas.
Por eso, se debe de hacer, pero creeme, no lo haran, al menos no esta legislatura, y no se hara, porque con efectivamente, sin reforma pero con parche, medio subsanaron el problema, que en este caso lo fue, la competencia en cuanto a delitos en contra de civiles.
Pero de aquellos artículos en los que involucra unicamente a los propios militares, nada se ha comentado, ademas "no es urgente" lo que se trata es de maquillar que en nuestro pais ya no hay violencia.
Pero de aquellos artículos en los que involucra unicamente a los propios militares, nada se ha comentado, ademas "no es urgente" lo que se trata es de maquillar que en nuestro pais ya no hay violencia.
SHACK-AL- Comisario [Policia Federal]
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Preocupa a ONG código militar
De cara al reinicio de las discusiones en el Senado sobre las reformas pendientes en materia de jurisdicción militar y desaparición forzada de personas, dicha instancia legislativa debe aprobar las modificaciones necesarias con base en las sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y los criterios establecidos por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), afirmaron diversos colectivos de derechos humanos.
A través de un comunicado conjunto, las organizaciones recordaron que el máximo tribunal del continente determinó que la legislación mexicana en materia de fuero militar contraviene la Convención Americana sobre Derechos Humanos, por permitir que en ese ámbito se investiguen y procesen delitos que no lesionan primordialmente bienes jurídicos castrenses.
Además, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha enfatizado que el artículo 57, fracción II, inciso a del Código de Justicia Militar es inconstitucional a partir del caso de la ejecución extrajudicial de Bonfilio Rubio Villegas, indígena nahua asesinado en un retén militar en Guerrero en 2009, pero cuyo análisis fue originalmente asignado a la justicia castrense.
‘‘A la luz de estos antecedentes es claro que la reforma del fuero militar es urgente’’, enfatizaron las organizaciones, quienes festejaron que la Comisión de Justicia del Senado haya hecho público en su página de Internet un proyecto de dictamen que ‘‘abre una nueva oportunidad para avanzar en el cumplimiento de las obligaciones internacionales del Estado mexicano’’.
La mencionada propuesta, dijeron, constituye un avance muy significativo hacia el cumplimiento de los estándares internacionales respecto de la restricción del fuero militar en casos que involucren a civiles o que se relacionen con violaciones a derechos humanos. Sin embargo, todavía quedan aspectos relevantes que no se contemplan en el proyecto de dictamen.
FUENTE:
http://www.jornada.unam.mx/2013/07/25/politica/010n1pol
A través de un comunicado conjunto, las organizaciones recordaron que el máximo tribunal del continente determinó que la legislación mexicana en materia de fuero militar contraviene la Convención Americana sobre Derechos Humanos, por permitir que en ese ámbito se investiguen y procesen delitos que no lesionan primordialmente bienes jurídicos castrenses.
Además, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha enfatizado que el artículo 57, fracción II, inciso a del Código de Justicia Militar es inconstitucional a partir del caso de la ejecución extrajudicial de Bonfilio Rubio Villegas, indígena nahua asesinado en un retén militar en Guerrero en 2009, pero cuyo análisis fue originalmente asignado a la justicia castrense.
‘‘A la luz de estos antecedentes es claro que la reforma del fuero militar es urgente’’, enfatizaron las organizaciones, quienes festejaron que la Comisión de Justicia del Senado haya hecho público en su página de Internet un proyecto de dictamen que ‘‘abre una nueva oportunidad para avanzar en el cumplimiento de las obligaciones internacionales del Estado mexicano’’.
La mencionada propuesta, dijeron, constituye un avance muy significativo hacia el cumplimiento de los estándares internacionales respecto de la restricción del fuero militar en casos que involucren a civiles o que se relacionen con violaciones a derechos humanos. Sin embargo, todavía quedan aspectos relevantes que no se contemplan en el proyecto de dictamen.
FUENTE:
http://www.jornada.unam.mx/2013/07/25/politica/010n1pol
Invitado- Invitado
Re: El Fuero Militar Mexicano, la Suprema Corte y las Reformas.
Me encontre estas notas donde ahora la CNDH pide urgentemente reforma al fuero militar, pido disculpas a todos por la edicion de los mensajes pero lo hago desde mi movil y ni chance de mejorarlo como se debe ya despues lo hago como se debe...
CNDH urge a Congreso a reformar fuero militar.
La CNDH urgió al Congreso a analizar una reforma al Código de Justicia Militar que permitiría a la autoridad civil conocer de delitos cometidos contra
civiles por elementos de las Fuerzas Armadas
14 de agosto de 2013 | 10h58 | actualizado a las 10h58.
La CNDH recordó que existen diversos pronunciamientos de la SCJN, así como sentencias condenatorias para el Estado mexicano por parte de la Corte Interamericana de Derechos Humanos y recomendaciones del Consejo de Derechos Humanos de la Organización de las Naciones Unidas que llaman a revisar el fuero militar. Foto: Archivo / AP Ciudad de México.- El ombudsman Raúl Plascencia urgió al Congreso de la Unión a incluir en la agenda del próximo periodo de sesiones la reforma al artículo 57 del Código de Justicia Militar que permitiría a la autoridad civil conocer de delitos cometidos contra civiles por elementos de las Fuerzas Armadas. En una carta dirigida el pasado 9 de agosto al presidente de la Mesa Directiva de la Comisión Permanente, el senador panista Ernesto Cordero, el ombudsman expresó su preocupación de que no se haya considerado incluir la modificación en la agenda legislativa inmediata. Recordó que existen diversos pronunciamientos de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, así como sentencias condenatorias para el Estado mexicano por parte de la Corte Interamericana de Derechos Humanos y recomendaciones del Consejo de Derechos Humanos de la Organización de las Naciones Unidas que llaman a revisar el fuero militar. "Incluir la reforma en el próximo período ordinario o extraordinario de sesiones del Congreso de la Unión, anunciado para este mes de agosto, para su análisis y posterior modificación, permitiría dar cumplimiento a las múltiples recomendaciones emitidas por la CNDH y pronunciamientos de organismos internacionales, además de proteger de mejor manera los derechos humanos, conforme lo refiere el artículo 1 de la Constitución mexicana", indicó en un comunicado. Remarcó que la redacción actual del Código de Justicia Militar es contraria al espíritu del artículo 13 de la Constitución, que establece la competencia de tribunales del orden civil: "Cuando en un delito o falta del orden militar estuviese complicado un paisano, conocerá del caso la autoridad civil que corresponda", citó.
También impide el acceso a la justicia de las víctimas, advirtió, así como de sus familiares, como se ha demostrado en diversas ocasiones, lo que ha motivado que la CNDH haya presentado desde enero del 2010 distintas denuncias respecto a delitos cometidos por servidores públicos pertenecientes al Ejército Mexicano en contra de particulares.
por: Terra
Fuente: http://www.terra.com.mx/noticia?n=2c3534e858d70410VgnVCM3000009acceb0aRCRD
CNDH urge a Congreso a reformar fuero militar.
La CNDH urgió al Congreso a analizar una reforma al Código de Justicia Militar que permitiría a la autoridad civil conocer de delitos cometidos contra
civiles por elementos de las Fuerzas Armadas
14 de agosto de 2013 | 10h58 | actualizado a las 10h58.
La CNDH recordó que existen diversos pronunciamientos de la SCJN, así como sentencias condenatorias para el Estado mexicano por parte de la Corte Interamericana de Derechos Humanos y recomendaciones del Consejo de Derechos Humanos de la Organización de las Naciones Unidas que llaman a revisar el fuero militar. Foto: Archivo / AP Ciudad de México.- El ombudsman Raúl Plascencia urgió al Congreso de la Unión a incluir en la agenda del próximo periodo de sesiones la reforma al artículo 57 del Código de Justicia Militar que permitiría a la autoridad civil conocer de delitos cometidos contra civiles por elementos de las Fuerzas Armadas. En una carta dirigida el pasado 9 de agosto al presidente de la Mesa Directiva de la Comisión Permanente, el senador panista Ernesto Cordero, el ombudsman expresó su preocupación de que no se haya considerado incluir la modificación en la agenda legislativa inmediata. Recordó que existen diversos pronunciamientos de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, así como sentencias condenatorias para el Estado mexicano por parte de la Corte Interamericana de Derechos Humanos y recomendaciones del Consejo de Derechos Humanos de la Organización de las Naciones Unidas que llaman a revisar el fuero militar. "Incluir la reforma en el próximo período ordinario o extraordinario de sesiones del Congreso de la Unión, anunciado para este mes de agosto, para su análisis y posterior modificación, permitiría dar cumplimiento a las múltiples recomendaciones emitidas por la CNDH y pronunciamientos de organismos internacionales, además de proteger de mejor manera los derechos humanos, conforme lo refiere el artículo 1 de la Constitución mexicana", indicó en un comunicado. Remarcó que la redacción actual del Código de Justicia Militar es contraria al espíritu del artículo 13 de la Constitución, que establece la competencia de tribunales del orden civil: "Cuando en un delito o falta del orden militar estuviese complicado un paisano, conocerá del caso la autoridad civil que corresponda", citó.
También impide el acceso a la justicia de las víctimas, advirtió, así como de sus familiares, como se ha demostrado en diversas ocasiones, lo que ha motivado que la CNDH haya presentado desde enero del 2010 distintas denuncias respecto a delitos cometidos por servidores públicos pertenecientes al Ejército Mexicano en contra de particulares.
por: Terra
Fuente: http://www.terra.com.mx/noticia?n=2c3534e858d70410VgnVCM3000009acceb0aRCRD
CaballeroDelMar- Staff
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Re: El Fuero Militar Mexicano, la Suprema Corte y las Reformas.
Otra mas:
Pide CNDH incluir reforma al fuero militar en
próximo periodo de sesiones.
Con el fin de que la autoridad civil pueda juzgar delitos cometidos por militares en perjuicio de particulares.
W RADIO | AGOSTO 13 DE 2013
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Por Jaime Obrajero
México.- El presidente de la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), Raúl Plascencia Villanueva solicitó al Presidente de la Mesa Directiva de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, incluir en el próximo período de sesiones la modificación al Código de Justicia Militar, para que la autoridad civil pueda juzgar delitos cometidos por militares en perjuicio de particulares.
En una carta dirigida al senador, Ernesto Cordero, presidente de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, fechada el 9 de agosto pasado, el Ombudsman nacional expresa su preocupación de que no se ha considerado incluir la modificación al artículo 57 del Código de Justicia Militar, para adecuarlo a la realidad del país.
Además, destacó que en ese sentido existen diversos pronunciamientos tanto de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, como sentencias condenatorias para el Estado mexicano por parte de la Corte Interamericana de Derechos Humanos y recomendaciones del Consejo de Derechos Humanos de la Organización de las Naciones Unidas.
Raúl Plascencia, consideró que incluir dicha reforma
en el próximo período ordinario o bien en el extraordinario programado para este mes de agosto, permitiría dar cumplimiento a las múltiples recomendaciones emitidas por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos y pronunciamientos de organismos internacionales, además de proteger de mejor manera los derechos humanos, conforme lo refiere el Artículo 1° de la Constitución mexicana.
Fuente: www.wradio.com.mx/noticias/actualidad/pide-cndh-incluir-reforma-al-fuero-militar-en-proximo-periodo-de-sesiones/20130813/nota/1950439.aspx
Pide CNDH incluir reforma al fuero militar en
próximo periodo de sesiones.
Con el fin de que la autoridad civil pueda juzgar delitos cometidos por militares en perjuicio de particulares.
W RADIO | AGOSTO 13 DE 2013
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Por Jaime Obrajero
México.- El presidente de la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), Raúl Plascencia Villanueva solicitó al Presidente de la Mesa Directiva de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, incluir en el próximo período de sesiones la modificación al Código de Justicia Militar, para que la autoridad civil pueda juzgar delitos cometidos por militares en perjuicio de particulares.
En una carta dirigida al senador, Ernesto Cordero, presidente de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, fechada el 9 de agosto pasado, el Ombudsman nacional expresa su preocupación de que no se ha considerado incluir la modificación al artículo 57 del Código de Justicia Militar, para adecuarlo a la realidad del país.
Además, destacó que en ese sentido existen diversos pronunciamientos tanto de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, como sentencias condenatorias para el Estado mexicano por parte de la Corte Interamericana de Derechos Humanos y recomendaciones del Consejo de Derechos Humanos de la Organización de las Naciones Unidas.
Raúl Plascencia, consideró que incluir dicha reforma
en el próximo período ordinario o bien en el extraordinario programado para este mes de agosto, permitiría dar cumplimiento a las múltiples recomendaciones emitidas por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos y pronunciamientos de organismos internacionales, además de proteger de mejor manera los derechos humanos, conforme lo refiere el Artículo 1° de la Constitución mexicana.
Fuente: www.wradio.com.mx/noticias/actualidad/pide-cndh-incluir-reforma-al-fuero-militar-en-proximo-periodo-de-sesiones/20130813/nota/1950439.aspx
CaballeroDelMar- Staff
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Fecha de inscripción : 16/03/2012 Edad : 39
Re: El Fuero Militar Mexicano, la Suprema Corte y las Reformas.
Esto es retomar lo que comentaba con SHACKAL, que si bien hay jurisprudencia de la Corte de que los casos de civiles se van al fuero civil, el 57 sigue ahi y sigue siendo una terrible deficiencia de tecnica legislativa, y se debe cambiar.
Discuten en el Senado reformas a fuero militar
Discuten en el Senado reformas a fuero militar
Miércoles 25 de septiembre de 2013
Ricardo Gómez | El Universal
La Comisión de Justicia del Senado, presidida por el panista Roberto Gil Zuarth, inició ayer las audiencias públicas con el fin de avanzar en la reforma al Código de Justicia Militar.
Los cambios a la ley apuntan a modificar el fuero militar, con el fin de que los delitos de militares en contra de civiles sean castigados en tribunales del orden común y federal.
La senadora del PRI Arely Gómez destacó que estos trabajos servirán para nutrir la dictaminación de la reforma.
El investigador de la UNAM, Javier Oliva Posadas, experto en temas de seguridad, destacó la labor del Ejército en México y se pronunció por no realizar un cambio en ese sentido; opinó que, con la ley vigente, en el actual Código de Justicia Militar, se está ante el marco en que las Fuerzas Armadas se han ganado el reconocimiento internacional por apegarse a derecho.
Preguntó: "¿Para qué modificar una ley que ha dado tan buenos resultados?".
Oliva Posadas indicó que actuar contra las capacidades de acción de las Fuerzas Armadas es atentar contra el estado de derecho y la sociedad misma.
El investigador de la UNAM cuestionó que si se sacó al Ejército de sus cuarteles para combatir a la delincuencia por una situación excepcional, por qué ahora se busca modificar la ley para adecuar la situación.
Dijo sobre el fuero, que más bien "es impunidad" cuando se le asocia al fuero constitucional, que tienen los funcionarios y legisladores.
Al hacer un cálculo de las interacciones que tienen militares con sociedad civil, de alrededor de 304 mil millones por año, preguntó cuánto será el porcentaje de faltas a la ley de militares, y si ese número es suficiente precedente para modificar la ley.
El investigador de la Universidad Iberoamericana, José Medina González Dávila, consideró que los institutos armados en México requieren tener una compatibilidad internacional. Dijo que esto no debe llevar a perder visión sobre las tradiciones militares.
El ex diputado federal del PRD, Alfonso Suárez del Real, opinó que el concepto del "estado de sitio" debe retirarse del dictamen que se analiza.
Senadores como Benjamín Robles Montoya (PRD) se pronunciaron por la reforma, y aclararon que no se trata de repudiar a las Fuerzas Armadas, sino poner fin a casos de desapariciones forzadas y "guerra sucia".
belze- Staff
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Re: El Fuero Militar Mexicano, la Suprema Corte y las Reformas.
Han estado pasando cosas interesantes referente al fuero militar, aqui un compendio de las notas mas recientes
Senado inicia audiencias para analizar reforma al fuero militar
Notimex 24/09/2013 22:30:53
México, Distrito Federal.- La Comisión de Justicia del Senado inició las audiencias públicas para analizar la reforma de justicia y fuero militar, que pretende actualizar el marco legal en la materia y enmarcar su actuación conforme a los cambios constitucionales en materia de derechos humanos.
Roberto Gil Zuarth, presidente de dicha comisión, destacó que el proyecto que trabaja el Senado de la República no va en contra de las Fuerzas Armadas, sino que tiene el propósito de fortalecer su institucionalidad y su actuación en el marco de los derechos humanos.
Indicó que por primera vez representantes de las instituciones militares asistirán, en próximas sesiones, al Congreso de la Unión para exponer sus puntos de vista sobre el contenido de las ocho iniciativas que se presentaron al respecto.
Así como de un proyecto de dictamen que cuenta con el consenso previo de las bancadas.
A su vez, José Medina González, de la Universidad Iberoamericana, expresó que el proyecto considera la realidad jurídica internacional y los tratados que ha suscrito el país, pero no reconoce la cultura y las tradiciones específicas del Ejército, la Fuerza Aérea y la Armada de México, en las cuales se promueve la cohesión institucional.
Al respecto, señaló que las reformas que se plantean “vulneran la identidad y la cultura militar mexicana al retirar, en un solo momento, el principio de certidumbre que tienen todos los elementos de las Fuerzas Armadas de que sus acciones van a ser juzgadas de acuerdo con su contexto”.
En tanto, José Alfonso Suárez del Real, asesor en seguridad nacional, expuso que la intención de rescatar los límites constitucionales del fuero militar se inserta en un proceso integral de la doctrina militar, la cultura de paz y el respeto a los derechos humanos, tanto de los civiles como de los efectivos.
Bajo esa realidad constitucional, la reforma al Código de Justicia Militar necesariamente se aleja de la visión coercitiva con la que se pretende abordar para cumplir con las sentencias emitidas por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, precisó.
A su vez, el magistrado Ricardo Sodi Cuéllar manifestó que se requiere aprobar un Código de Justicia Militar que vaya a la esencia de los delitos militares, como la insubordinación, deserción, abuso de autoridad y sus variantes.
Además, consideró necesario proporcionar a los militares una administración pública estructurada con principios y con reglas que deben de partir de un esquema en el que se distingan los derechos disciplinarios y penales.
En la ronda de cuestionamientos, la senadora Arely Gómez González, integrante de la Comisión de Justicia, aseguró que el objetivo de las reformas es reconocer al Ejército mexicano y a la Marina a través de la modernización de la justicia militar.
Fuente: http://periodicodigital.com.mx/notas/senado_inicia_audiencias_para_analizar_reforma_al_fuero_militar
CaballeroDelMar- Staff
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Re: El Fuero Militar Mexicano, la Suprema Corte y las Reformas.
Lo que venias diciendo Lanceros del Art. 57 ya declarado inconstitucional
México | 25/09/2013 - 4:26 pm - Tiempo de lectura: entre 7 y 13 minutos
Fuero militar no debe desaparecer sólo debe ser acotado: especialistas
Notimex / Provincia
México, DF.- Especialistas, juristas y académicos coincidieron en que el fuero militar en México no debe desaparecer, sino sólo ser delimitado y acotado, por lo que se debe avanzar en un nuevo marco legal en materia castrense.
Durante el segundo día de trabajos de las Audiencias Públicas sobre Justicia Militar que organiza el Senado, Édgar Cortez Morales, miembro del Instituto Mexicano de Derechos Humanos y Democracia (IMDHD), indicó que la propuesta de organizaciones de la sociedad civil a la fracción dos del Artículo 57, va acorde con la resolución de la Suprema Corte de Justicia.
Explicó que la extensión del fuero militar a donde no lesione bienes jurídicos de las personas como proponen las comisiones, plantea un conflicto filosófico en el sentido de que la justicia militar no queda delimitada de manera precisa sino su alcance llega hasta donde no llega la ordinaria.
“Lo que debería ser excepcional la justicia militar y especial, se debe traducir en límites claros y precisos de lo contrario lo especial se eleva por encima de lo ordinario”, advirtió.
En lo relativo a la competencia, el especialista subrayó que el proyecto no plantea ningún cambio, por lo que el Artículo 435 quedaría en sus términos originales. En este sentido, la propuesta es derogarlo, para establecer que la competencia de declinar sea exclusiva de la justicia ordinaria.
Sin embargo, no sería coherente con lo dictaminado, pues se propone que la facultad de declarar que un hecho es o no delito del fuero de guerra recaiga exclusivamente en los tribunales militares.
A su vez, Javier Hernández Valencia, representante en México de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, expresó que el articulado no expresa dos elementos centrales del debate abierto y del consenso logrado.
La exclusión de las violaciones de derechos humanos del ámbito y alcance del fuero militar y el relativo a la exclusión de hechos en los que las víctimas son civiles.
En este sentido, precisó que son los legisladores los únicos que pueden tocar el “botón de alarma” y cambiar esta desconexión entre el sentido y contenido de los debates, hablar de derechos humanos, de exclusión de víctimas civiles y plasmarlo así en la norma.
Explicó que con la redacción presentada no subsistirá ninguna hipótesis legal en la que un delito cometido contra un civil quede constitutivo de alguna violación de derechos humanos se vea ventilado en órganos militares.
Abundó que el texto supone que ninguna violación a derechos humanos sea conocida en el fuero militar sin tener que incorporar en el texto normativo una alusión específica a éstos.
En tanto, Marco Antonio López Valdez, del Instituto Nacional de Ciencias Políticas, consideró que el fuero de guerra para los delitos y faltas contra la disciplina militar debe prevalecer en los términos establecidos en el Artículo 13 de la Constitución.
Explicó que en esta disposición se delimita la competencia de los tribunales militares, se excluye en forma categórica cualquier posibilidad de que se enjuicie a personas ajenas al Ejército.
Asimismo, “ordena que cuando el delito o falta del orden militar hubiese intervenido un civil conocerá del caso la autoridad civil que corresponda”, indicó.
Además, expresó que el proyecto que pretende una reforma en esta materia “carece de sentido”, pero los tiempos que vive México exigen reconocer algunas insuficiencias en la materia.
Por ello propuso “crear el andamiaje jurídico que dé vida a una nueva justicia militar”, congruente con el proyecto nacional previsto en la Carta Magna y alienada al nuevo sistema de justicia penal.
En su turno, Juan Velásquez, catedrático del Instituto Tecnológico Autónomo de México, consideró que la afirmación de que el fuero de guerra se debe reformar para por fin castigar a los militares que delincan contra civiles es “errónea”.
El objetivo de esta figura, destacó, es mantener la disciplina en las Fuerzas Armadas con castigos inmediatos y ejemplares, condiciones que no existen en el Fuero Civil o Común porque en este ámbito la impunidad es de 98 por ciento de los delitos que se cometen y sólo dos de cada 100 se sancionan.
Señaló que “los militares son quienes enfrentan a la delincuencia organizada para que la gente recupere la tranquilidad y las Fuerzas Armadas son las instituciones del Estado mexicano en las que la población confía sobre todo por sus acciones solidarias”.
En este sentido cuestionó “¿Será realmente un reclamo de más de 110 millones de mexicanos la reforma al fuero de guerra? ¿Será una necesidad social limitar la competencia de los tribunales militares o más bien debiéramos de concluir que es un grupo de interés que no representa ni siquiera un porcentaje marginal de la población el que impulsa esta reforma?”.
En su momento, el senador Roberto Gil Zuarth, presidente de la Comisión de Justicia, recalcó que el punto de partida de la discusión es una resolución emitida por la Suprema Corte de Justicia generada a partir de una serie de casos presentados ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
Derivado de ello se precisó que la redacción del Artículo 57 del Código de Justicia Militar era contraria a dicha interpretación y, en consecuencia, devenía inconstitucional, por lo que se declara inconstitucional.
La Corte señaló que la jurisdicción militar penal es excepcional para tutelar la disciplina militar, cuando el sujeto pasivo sea civil la jurisdicción no es aplicable, pero introduce la posibilidad de que la jurisdicción sea civil en el caso de violaciones a derechos humanos.
Sin embargo, indicó que cuando se plantea el problema de la violación a los derechos humanos es cuando se torna preocupante “porque hay un problema de tipificación”.
El dilema central ?considero está en delimitar los contornos del sujeto pasivo, la violación de derechos humanos y la disciplina militar”.
En tanto, el senador perredista Alejandro Encinas Rodríguez señaló que en la mayoría de los países prevalece el fuero de guerra en instituciones militares que no están supliendo funciones que debe cumplir la autoridad civil en materia de seguridad pública.
“Nos hemos acotado a las ocho iniciativas presentadas, cuyo objetivo es reflexionar sobre cómo acotar el fuero militar y no sobre la discusión de un nuevo código de faltas, infracciones, sanciones que no serán objeto de esta ley”, precisó el también presidente de la Comisión de Estudios Legislativos.
A su vez, Miguel Sarre Iguíniz consideró que la redacción es pertinente y el concepto de derechos humanos no ayuda porque se manejan categorías jurídicas, técnicas penales y se maneja el sujeto activo, pasivo, conducta, bien jurídico; introducir derechos humanos, es incorporar un elemento difuso. Además, dijo estar de acuerdo con el dictamen porque “zanja” todos los problemas.
Juan Velásquez destacó que sería terrible ampliar más allá de lo que se tenga que ampliar, acatando la resolución de la Suprema Corte, la jurisdicción civil.
“No vamos a castigar a los militares”, lo único que se hará es relajar la disciplina militar, ya que no habrá castigos inmediatos y ejemplares que la imponga.
Insistió en que al artículo se le agregue que salvo cuando se perpetren en contra de un civil en cuyo caso la competencia corresponderá a los tribunales federales ordinarios.
Fuente: http://www.provincia.com.mx/fuero-militar-no-debe-desaparecer-solo-debe-ser-acotado-especialistas/
CaballeroDelMar- Staff
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Re: El Fuero Militar Mexicano, la Suprema Corte y las Reformas.
Analisis de un experto referente al tema de la reforma al codigo de justicia militar.
Vulneran la escencia castrense, inicativas de reforma al Código de Justicia Militar: especialista
Organización Editorial Mexicana
25 de septiembre de 2013
Bertha Becerra / El Sol de México
Ciudad de México.- El proponer que las autoridades civiles tengan la facultad de investigar, enjuiciar, dictar sentencia y disponer las condiciones para la expiación de penalidades de los miembros de las Fuerzas Armadas, vulneran por definición la certidumbre del personal militar, su esencia sociocultural que a su vez se traduce en un potencial riesgo a las capacidades de defensa nacional y a la seguridad nacional del país.
Así lo expuso en la Primera Audiencia Pública sobre Justicia Militar en el Senado de la República, el doctor en Antropología Social por la Universidad Iberoamericana, José Medina González Dávila, especialista en Antropología Militar, quien dijo que tras revisar las 7 iniciativas que reforman el Código de Justicia Militar si llegaran a aprobarse, atentan contra los preceptos jurídicos y socioculturales de las fuerzas armadas.
Sostuvo que las autoridades civiles, carentes del contexto y procesos que rigen la estructura militar, no se encontrarán en condiciones para realizar un juicio objetivo de los actos llevados a cabo por elementos castrenses.
Advirtió que la modernización de los ordenamientos jurídicos militares trae riesgos colaterales. "Al tratar de modernizamos afectamos ciertas partes del sistema", dijo y asumió que no hay que pensar en un resultado inmediato. Sus resultados se verán en 20 o 30 años.
A su vez, el magistrado Ricardo Sodi Cuéllar dijo que se requiere aprobar un Código de Justicia Militar que vaya a la esencia de los delitos castrenses: insubordinación, deserción, abuso de autoridad y sus variantes.
El director de la Facultad de Derecho de la Universidad Anáhuac dijo que los proyectos de reformas al Código de Justicia Militar son cosméticas, ya que no establecen mínimos ni máximos en las penas, sino una pena única y se pronunció por precisar en la Carta Magna la limitación de derechos fundamentales de los militares.
Otro de los participantes en esta Audiencia Pública, el doctor Javier Oliva Posadas cuestionó el por qué se quiere modificar el Código de Justicia Militar, si con el vigente los elementos del Ejército, la Fuerza Aérea y la Marina Armada de México se han ganado el reconocimiento nacional e internacional por su apego al Estado de Derecho y fomentado la disciplina en sus miembros.
Y el asesor en Seguridad Nacional, José Alfonso Suárez del Real y Aguilera manifestó que la intención de rescatar los límites constitucionales del fuero militar, que planteó la Suprema Corte de Justicia de la Nación, se inserta en un proceso integral de la doctrina militar, la cultura de paz y el respeto a los derechos humanos, tanto de los civiles como de los militares.
Fuente: http://www.oem.com.mx/elsoldemexico/notas/n3134614.htm
CaballeroDelMar- Staff
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Fecha de inscripción : 16/03/2012 Edad : 39
Re: El Fuero Militar Mexicano, la Suprema Corte y las Reformas.
De ultimo momento:
Piden cambios en fuero militar por fallas
Hugo Alba / La Silla Rota
Viernes 27 Septiembre 2013 - 12 : 04
Human Rights Watch indicó que el fuero militar presenta fallas relevantes como la falta de independencia, entre otras.
José Manuel Vivanco, director de la División de las Américas de Human Rights Watch (HRW), afirmó que como está regulado actualmente el fuero militar necesita “ajustes serios”, pues presenta fallas relevantes como falta de independencia e imparcialidad; además, de que se ha convertido en un mecanismo que garantiza la impunidad frente a las violaciones de los derechos humanos.
Al participar en las audiencias públicas en materia de justicia militar, organizadas por la Comisión de Justicia del Senado, declaró que lamentablemente la visión garantista de las reformas en materia de derechos humanos, no se reflejan en un fuero que se ha quedado atrás y merece ajustes importantes, para garantizar el debido proceso de las personas sujetas a investigaciones por medio de esta figura.
Aseveró que la carencia de independencia e imparcialidad de esta disposición, se debe a que el secretario de la Defensa Nacional cumple el rol de Ejecutivo y, al mismo tiempo, es la cabeza del Poder Judicial Militar.
Propuso separar las tareas administrativas del mando, de las tareas propias de jurisdicción militar.
Dijo que el sistema de justicia militar está caracterizado por la opacidad y falta de transparencia casi total, “el secreto en el manejo de la justicia militar es la regla y no hay márgenes para el debido escrutinio público”, y ha sido un mecanismo que ha garantizado la impunidad frente a las violaciones de los derechos humanos.
Refirió que de acuerdo con datos del Instituto Federal de Acceso a la Información (Ifai), existen cinco mil 600 causas ante el fuero militar por violaciones, aparentemente, de derechos humanos, de las cuales sólo hay cuatro casos con condenas.
Fuente: http://e-veracruz.mx/2013/index.php/2012-06-13-18-40-00/nacion/item/piden-cambios-en-fuero-militar
CaballeroDelMar- Staff
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Fecha de inscripción : 16/03/2012 Edad : 39
Re: El Fuero Militar Mexicano, la Suprema Corte y las Reformas.
Asi es y, a reserva de postear un tema mas amplio en el futuro, urge una reforma, no solo porque sea viejo el CJM, sino tambien porque tiene mucho tiempo que no es reformado.
En lo particular preferiria un nuevo Codigo.
Dicho Codigo deberia incluir todo lo relacionado a incluir lo mencionado en el Derecho Internacional Humanitario, debe incluir darle cierto grado de autonomia (por lo menos desconcentrar) a los tribunales militares de la organica de la SEDENA, darle la misma calidad al defensor de oficio y al Ministerio Publico Militar, y debe de reglamentar de mejor forma a la Procuraduria General de Justicia Militar.
Deben actualizar los tipos penales a la actualidad de la situacion del pais, asi como pensarse como un codigo que incluya todas las faltas propias a Ejercito, Armada y Fuerza Aerea, para evitar fallas.
Debe mencionar claramente las situaciones de Objecion de conciencia y "ordenes contrarias"
Y por mas que Oliva Posadas sea un señor chingon y experto en la cuestion militar, como lo es, no es abogado, es sociologo, yo por eso si creo que urge uno nuevo. Pero bien hecho.
En lo particular preferiria un nuevo Codigo.
Dicho Codigo deberia incluir todo lo relacionado a incluir lo mencionado en el Derecho Internacional Humanitario, debe incluir darle cierto grado de autonomia (por lo menos desconcentrar) a los tribunales militares de la organica de la SEDENA, darle la misma calidad al defensor de oficio y al Ministerio Publico Militar, y debe de reglamentar de mejor forma a la Procuraduria General de Justicia Militar.
Deben actualizar los tipos penales a la actualidad de la situacion del pais, asi como pensarse como un codigo que incluya todas las faltas propias a Ejercito, Armada y Fuerza Aerea, para evitar fallas.
Debe mencionar claramente las situaciones de Objecion de conciencia y "ordenes contrarias"
Y por mas que Oliva Posadas sea un señor chingon y experto en la cuestion militar, como lo es, no es abogado, es sociologo, yo por eso si creo que urge uno nuevo. Pero bien hecho.
Re: El Fuero Militar Mexicano, la Suprema Corte y las Reformas.
Coincido contigo Lanceros, se deberia de abrogar el actual Codigo, ya que no creo que parchar el actual sea la solucion a tantos problemas que actualmente existen, aunque la duda aun persistiria, una plena y autentica autonomia de la jerarquia, solo se lograria si se separasen los Tribunales Militares de la Organica de la SDN, pero en tal caso, ya no serian militares los jueces y personal subalterno de los mismos?
SHACK-AL- Comisario [Policia Federal]
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Fecha de inscripción : 09/10/2012
Re: El Fuero Militar Mexicano, la Suprema Corte y las Reformas.
No mijo por eso no dije que un tribunal autonomo, sino uno descentralizado, digamos como lo es el SAT con Hacienda o para comprenderlo con mas claridad, como el ISSFAM. Esa seria, en mi muy particular opinion, la solucion mas viable, politica y operativamente.
O, en su defecto por ahi oi una propuesta relativa a la creacion de Juzgados Militares dentro de la organica del Poder Judicial de la Federacion, con puros jueces especializados en la cuestion.
Una situacion como la del Tribunal de Justicia Fiscal y Administrativa (tribunal autonomo, sin ser independiente constitucionalmente) no se que tan plausible seria, pero en mi opinion seria como dejar a un hijo neonato en la calle. Al menos si se los dejas al PJF ya tendrian una madre que velara por ellos.
El problema yace mas que nada, en que nadie sabe nada de estas cuestiones. Al final de todas formas tenrias que comisionar a los militares a los tribunales para que se hiciese algo.
En fin, RESDAL publico unos trabajos comparativos sobre la justicia militar de Latinoamerica en el Atlas del 2012, (disponible aqui en el foro) Les recomendaria que le echasen una ojeada.
O, en su defecto por ahi oi una propuesta relativa a la creacion de Juzgados Militares dentro de la organica del Poder Judicial de la Federacion, con puros jueces especializados en la cuestion.
Una situacion como la del Tribunal de Justicia Fiscal y Administrativa (tribunal autonomo, sin ser independiente constitucionalmente) no se que tan plausible seria, pero en mi opinion seria como dejar a un hijo neonato en la calle. Al menos si se los dejas al PJF ya tendrian una madre que velara por ellos.
El problema yace mas que nada, en que nadie sabe nada de estas cuestiones. Al final de todas formas tenrias que comisionar a los militares a los tribunales para que se hiciese algo.
En fin, RESDAL publico unos trabajos comparativos sobre la justicia militar de Latinoamerica en el Atlas del 2012, (disponible aqui en el foro) Les recomendaria que le echasen una ojeada.
Justicia militar y fuero de guerra (parte 1)
Justicia militar y fuero de guerra (parte 1)
CADENA DE MANDO | Juan Ibarrola
2013-09-28 • ACENTOS
Esta semana se llevaron a cabo en la Cámara de Senadores las audiencias públicas para la “reforma” del Código de Justicia Militar. Desde el punto de vista político, para Roberto Gil, Fernando Yunes y Alejandro Encinas, significa subirse a un tema, además de complejo, polémico, del que los tres saben bien que no es urgente ni importante dentro de la agenda legislativa.
Fue en 2009 cuando el grupo parlamentario del PRD presentó la iniciativa con proyecto de decreto por el que se proponía reformar el Código de Justicia Militar y la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada. Es un hecho, el México de hace cuatro años era otro política y socialmente hablando, es decir, la combinación de los niveles de violencia e inseguridad —que llegaron en ese entonces a su máxima expresión— con la oposición que el PRD mantenía con el PAN, y propiamente con la administración de Felipe Calderón, sumado a la interesada denuncia de las ONG (Human Right Watch y similares), resultó en un escenario donde se involucró a las fuerzas armadas con la intención de desprestigiarlas. A todo lo anterior, se deben sumar los esfuerzos de la delincuencia organizada por crear una base social que frenara la presencia y acción del Ejército y la Marina en funciones de seguridad pública.
Otro de los antecedentes es la recomendación en 2010 de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos a México, por el caso de la desaparición de Rosendo Radilla, ocurrida en 1974 en Guerrero; por lo que pedían que se modificara el artículo 57 del Código de Justicia Militar, el cual trata sobre los delitos contra la disciplina militar. De todo esto la SCJN se pronunció en consecuencia solo para dar respuesta a un asunto que ocurrió hace 39 años.
En estas “audiencias públicas”, predominaron las posiciones encontradas de los especialistas en
temas de derecho militar, constitucional, de derechos humanos y las de representantes de organizaciones sociales, pero sobre todo dominó la ignorancia de los legisladores que participaron sobre el tema de fuerzas armadas, mezclando su total desconocimiento de lo que es el “fuero de guerra” con el discurso anquilosado de que el 2 de octubre ¡no se olvida!, adicionándole estadísticas del pasado.
Las intenciones de políticos y de diferentes grupos sociales por desprestigiar al instituto armado no se sustentan en la realidad. Las fuerzas armadas del 2 de octubre ya no existen, las de la llamada guerra sucia tampoco. Hoy más que nunca, lo que tenemos como país es un Ejército, una Marina armada y una Fuerza Aérea que se han modernizado a partir de esas experiencias, pero sobre todo a partir de lo que saben que le impacta negativamente a la sociedad. Como ejemplo, la Secretaría de la Defensa Nacional es la única instancia en México que tiene una escuela de derechos humanos para civiles y militares.
Será muy difícil que estas “audiencias” lleguen a buen término. Las confusiones son tantas que de entrada habría que analizar si es más importante modificar el Código de Justicia Militar contra otorgar certeza jurídica a los militares para que desarrollen mejor su trabajo en el combate a la delincuencia. Aquí habrá voces que digan que, al darles certeza, se les amplía el fuero militar; por lo que entonces habrá que definir que el famoso “fuero” no es militar, es para momentos donde el país se encuentre en guerra y, para declarar una situación así, serán los tres niveles de gobierno los que lo determinen, no los militares.
Modificar el Código de Justicia es innecesario, debido a que cita los delitos dentro de todas las actividades en las que se encuentra un militar, es decir, delitos contra la seguridad exterior e interior de la Nación, contra la existencia y seguridad del Ejército, contra la jerarquía y la autoridad, delitos cometidos en ejercicio de las funciones militares o con motivo de ellas y, por último, delitos contra el deber y decoro militares. Constitucionalmente, cuando los militares se encuentran en las calles, no están realizando funciones de seguridad pública, sino de seguridad interior.
Mal momento para intentar de nuevo elevar este tema. Hoy vivimos una situación de verdadera emergencia nacional; tanto sociedad como gobierno están sostenidos de la fortaleza que tienen las fuerzas armadas para su auxilio.
En verdad, mal momento.
@elibarrol
Fuente: http://www.milenio.com/cdb/doc/impreso/9192712
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Justicia militar y fuero de guerra (parte II)
Justicia militar y fuero de guerra (parte II)
CADENA DE MANDOJuan Ibarrola
2013-10-05 • ACENTOS
Cuando un soldado desobedece una orden legalmente dada por un superior en actos del servicio está cometiendo un delito militar. El soldado entonces tiene tres instancias para su juicio y resolución definitiva: el juzgado militar, el Supremo Tribunal Militar y la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Sí, la SCJN resuelve cuando se han agotado las primeras dos instancias (juzgado y Supremo Tribunal Militar) y es derecho del soldado refugiarse ahí para que conozcan y evalúen su caso, aun cuando se trate de delitos militares.
Pero qué pasa si el soldado comete un delito federal o bien del fuero común.
Entonces tiene que atenerse a lo que dicten las leyes civiles, sin que el “fuero militar” —término mal empleado— lo proteja. Para muestra, ni el general Ángeles Dauahare se salvó de que la justicia civil lo requiriera por presuntos delitos de delincuencia organizada. Éste es un buen ejemplo, ya que la Sedena no utilizó el “fuero militar” para encubrir, proteger, o como se quiera llamar, a él y a los generales Dawe y Escorcia, ni al teniente coronel Silvio Hernández.
Las ONG no pueden acusar directamente a los militares de nada, ya que para éstas, es muy difícil poder asegurar quién comete los delitos contra los derechos humanos. La mayoría de los líderes de estas organizaciones es extranjera, ya que es una práctica estratégica no otorgar posiciones de privilegio a mexicanos en ellas. ¡Abusados! Estos extranjeros no saben distinguir entre policía municipal, estatal, o fuerzas armadas; para ellos es lo mismo.
Neutralizar la jurisdicción militar, aparte de ser un grave error, podría tener consecuencias negativas para la sociedad. En primer lugar porque dejaría a los ciudadanos a merced de la delincuencia. ¡Abusados! Pondría a los “malandros” —jurídicamente— al mismo nivel de las fuerzas armadas, es decir, en la justicia civil; sabemos que quien tiene más dinero saldrá mejor librado; quien tiene oportunidad de fabricar culpables ganará un caso. El resultado sería desastroso a nivel social. En segundo lugar, porque la razón para intentar neutralizar la jurisdicción militar —que no “fuero”— se debe a un hecho que sucedió hace casi 40 años, ¡abusados!
La autoridad civil resuelve contra la autoridad militar por un hecho que pertenece a otro México. Hoy quien hace desapariciones forzadas —no creo que exista una desaparición voluntaria— es la delincuencia organizada, solo que ahora les llaman levantones. Hoy quienes violan los derechos humanos son los delincuentes y los policías a sueldo de las organizaciones criminales. ¡Abusados!
Es un hecho que algunos elementos castrenses han cometido delitos y los están pagando, o bien deben perseguirse para que respondan a las autoridades, tanto civiles como militares. Pero de ahí a elevar al soldado al nivel del delincuente, solo repercute en debilitar al país en su conjunto. Todo lo anterior no significa que se permita el abuso para conseguir la paz. Significa que el debilitamiento de las fuerzas armadas solo logrará que la situación nacional en materia de seguridad pública se ponga peor.
CABO DE GUARDIA
Lo dicho hace una semana. Las audiencias públicas para analizar la reforma del Código de Justicia Militar son otro intento de debilitamiento para las fuerzas armadas. El pasado viernes 27 de septiembre, tocaba el turno en estas audiencias a los militares, con objeto de que explicaran y soportaran su realidad como institución y sus necesidades legales para una mejor actuación a favor de la sociedad. Sin más aviso que una llamada, el senador Roberto Gil Zuarth canceló a última hora la visita de los de uniforme, dando por terminado el tema. Ojalá que el “flamante” presidente de la Comisión de Justicia del Senado comprenda lo delicado del desaire. ¡Abusado!
Ojalá que el “flamante” presidente de la Comisión de Seguridad Nacional del Senado, Fernando Yunes, comprenda la importancia de tener en estos tiempos una excelente relación con las fuerzas armadas. Y más allá, que comprenda Yunes la importancia de conocerlas a fondo. ¡Abusado!
Ojalá que todos nuestros “flamantes” diputados y senadores comprendan que las fuerzas armadas no sirven solamente para otorgar permisos de portación de arma. ¡Abusados!
@elibarrola
Fuente: http://www.milenio.com/cdb/doc/impreso/9193308
belze- Staff
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Fecha de inscripción : 10/09/2012
Re: El Fuero Militar Mexicano, la Suprema Corte y las Reformas.
Ahora si, el señor Ibarrola se la rifo enormemente, saco la camiseta del papa y se la puso bien.
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