La SCJN declara ilegal toda detención sin una orden previa del MP
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La SCJN declara ilegal toda detención sin una orden previa del MP
http://www.jornada.unam.mx/ultimas/2015/06/03/la-scjn-declara-ilegal-toda-detencion-sin-una-orden-previa-del-mp-9520.htmlLa SCJN declara ilegal toda detención sin una orden previa del MP
Por Alfredo Méndez
mié, 03 jun 2015 18:15
México, DF. La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió este miércoles que las Procuradurías federal y estatales del país no pueden detener a persona alguna, a menos que exista una orden previa emitida por un agente del Ministerio Público, por lo que la figura constitucional denominada detención por caso urgente no puede ser usada para convalidar una captura.
Al resolver tres amparos directos en revisión (3506/2014, 1074/2014 y 3023/2014), en los que se fijó la interpretación del artículo 16 constitucional, párrafo sexto, de la Constitución, respecto a la facultad del Ministerio Público para ordenar la detención de una persona por caso urgente, los ministros aclararon que si una persona es detenida sin que éxista una órden previa de captura emitida por la autoridad ministerial, la detención deberá ser calificada como ilegal.
La Primera Sala aclaró también que la detención por “caso urgente” solamente es válida en términos constitucionales cuando la ordene el Ministerio Público bajo su más estricta responsabilidad, fundando y expresando los indicios que motiven su proceder, siempre que se cumplan de forma concurrente los siguientes requisitos: a) cuando se trate de un delito grave así calificado por la ley, b) cuando exista riesgo fundado de que el inculpado se dé a la fuga, y c) cuando el Ministerio Público no pueda acudir ante el juez a solicitar una orden de aprehensión por razón de la hora, lugar o circunstancias.
Re: La SCJN declara ilegal toda detención sin una orden previa del MP
las formas en que legalmente se puede detener a alguien:
-flagrancia
-flagrancia presuntiva
-caso urgente (MP [bajo su mas ESTRICTA RESPONSABILIDAD], delito grave, riesgo fundado de fuga, no poder acudir ante el juez por hora, lugar y circunstancias)
-orden de aprehensión librada por juez competente
fuente:
CPEUM
-flagrancia
-flagrancia presuntiva
-caso urgente (MP [bajo su mas ESTRICTA RESPONSABILIDAD], delito grave, riesgo fundado de fuga, no poder acudir ante el juez por hora, lugar y circunstancias)
-orden de aprehensión librada por juez competente
fuente:
CPEUM
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Re: La SCJN declara ilegal toda detención sin una orden previa del MP
Ahi les va una mejorcita:
http://www.m-x.com.mx/2015-06-04/la-suprema-corte-declara-ilegal-cualquier-detencion-sin-una-orden-de-aprehension-previa/La Suprema Corte declara ilegal cualquier detención sin una orden de aprehensión previa
Foto: Archivo Cuartoscuro.
México, DF, 4 de junio.- Por unanimidad, los integrantes de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvieron que nadie puede ser detenido bajo la figura de “caso urgente” si no hay documento emitido por el Ministerio Público que cumpla ciertas condiciones.
En un comunicado, la SCJN informó que los ministros respaldaron la propuesta de su colega José Ramón Cossío Díaz en la resolución de los amparos directos en revisión 3506/2014 y 3023/2014.
El tema consistía en interpretar el párrafo sexto del Artículo 16 constitucional, respecto a la facultad del Ministerio Público para ordenar una detención por “caso urgente”.
Al resolver los asuntos, la Primera Sala determinó que la detención por “caso urgente” solamente es válida en términos constitucionales cuando la ordene el Ministerio Público bajo su más estricta responsabilidad, fundando y expresando los indicios que motiven su proceder.
Además es necesario que se cumplan algunos requisitos, como que se trate de un delito tipificado como grave; exista fundado riesgo de que el inculpado escape; y el Ministerio Público no pueda acudir a un juez por razón de hora, lugar o circunstancias.
En consecuencia, si una persona es detenida bajo el supuesto de “caso urgente”, pero no existe la orden de detención emitida por el Ministerio Público, considerando las condiciones antes señaladas entonces la detención es inconstitucional.
“En otras palabras, no puede detenerse a persona alguna a menos que exista una orden previa de detención por parte del Ministerio Público, por lo que la figura de ‘caso urgente’ no puede ser usada para convalidar una detención”.
(Notimex)
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