El Congreso de Perú aprueba la modernización de Fábricas de Armas y Municiones del Ejército
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El Congreso de Perú aprueba la modernización de Fábricas de Armas y Municiones del Ejército
18/09/2009 (Infodefensa.com) Lima - El pleno del Congreso aprobó por unanimidad la modificación de la ley de Fábrica de Armas y Municiones del Ejército (FAME S.A.C.) para ampliar su capacidad como empresa y modernización tecnológica con inversión privada nacional y extranjera, siempre y cuando no provenga de países con los que existe conflicto latente con el Perú.
Una nueva votación a pedido del presidente de la comisión de Defensa Nacional, Orden Interno, Desarrollo Alternativo y Lucha Contra las Drogas, Luis Negreiros (PAP), de 72 votos a favor, tres en contra y cero abstenciones, la exoneró de una segunda votación y la dejó expedita para ser promulgada.
Con la modificación, la FAME podrá efectuar actividades de comercialización, mantenimiento de sistemas de armas y municiones de guerra y de uso civil, para abastecer a las Fuerzas Armadas, la Policía Nacional y a los Comités de Autodefensa u otros organismos del Estado, de acuerdo con los objetivos aprobados por el Ministerio de Defensa.
Negreiros Criado explicó que la propuesta plantea la modificación de la Ley incluye, asimismo, desarrollar su producción actual en el área de municiones de diferente calibre de armas, cohetes y otros sistemas similares.
"El propósito es comprender al conjunto que la denominación actual conoce como ‘sistema de armas' como concepto completo y moderno", comentó.
Por su parte, la congresista Mercedes Cabanillas (PAP) destacó la necesidad de proporcionar todas las herramientas necesarias para ampliar las posibilidades de la fábrica y el legislador Francisco Escudero (UPP) recalcó que de ser obligatorias todas las adquisiciones por parte del Estado, idea que fue compartida por el también congresista Luis Giampietri (PAP), quien se inclinó por el respeto a la competitividad y a la calidad de los productos.
Inversión extranjera
Un aspecto que fue ampliamente debatido fue el referido a la participación del capital privado proveniente del extranjero.
Las congresistas nacionalistas Yaneth Cajahuanca y Martha Acosta, expresaron su desacuerdo en la utilización de inversión extranjera por tratarse de una entidad estratégica.
Su colega de bancada, Cayo Galindo, planteó la incorporación de una precisión de que la inversión extranjera no provenga de países con los que el Perú tiene conflicto de intereses. A este pedido se sumó el congresista Édgar Reymundo (BP).
Al final quedó prohibida la participación de personas naturales o jurídicas que tengan accionariado de nacionalidad de Estados que tengan conflicto latente con el Perú.
Características de la nueva FAME
Según lo publicado en el boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, la reactivación de FAME contará con la participación del sector privado hasta en un máximo de 49 por ciento en su accionariado y el aporte de ese capital "debe estar ligado al compromiso de transferencia o de innovación tecnológica".
El documento establece que la naturaleza jurídica de la FAME corresponde a una sociedad anónima cerrada del Estado, que podrá tener participación del sector privado entre sus accionistas.
Por su condición de empresa estratégica con incidencia en la seguridad nacional, FAME no podrá establecer vínculos societarios o recibir aportes de capital de empresas extranjeras, ni de privadas que operen en el territorio nacional y tengan una participación foránea.
También corresponde al Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado (Fonafe) ejercer en representación del Estado la titularidad de las acciones representativas del capital de FAME.
De esa manera, la participación privada permitirá a FAME cumplir con su objeto social de comercializar, desarrollar, fabricar, ensamblar, modernizar, modificar y mantener armas y municiones de guerra y de uso civil, para las personas y entidades nacionales y extranjeras.
La compañía actuará con autonomía administrativa, económica y financiera, de acuerdo con las políticas, objetivo, metas y estrategias que apruebe el directorio, en concordancia con la política del Ministerio de Defensa.
Para ello, el directorio estará conformado por cuatro representantes del Ministerio de Defensa, un delegado del Ministerio de Economía y Finanzas; y en el caso de la participación privada, el número de directores se incrementa en proporción al capital privado aportado, sin exceder el número de cuatro.
El documento señala, además, que el plazo de funcionamiento de esta empresa es indefinido y únicamente puede ser disuelta por ley expresa, en la que se señale el procedimiento para su liquidación.
Una nueva votación a pedido del presidente de la comisión de Defensa Nacional, Orden Interno, Desarrollo Alternativo y Lucha Contra las Drogas, Luis Negreiros (PAP), de 72 votos a favor, tres en contra y cero abstenciones, la exoneró de una segunda votación y la dejó expedita para ser promulgada.
Con la modificación, la FAME podrá efectuar actividades de comercialización, mantenimiento de sistemas de armas y municiones de guerra y de uso civil, para abastecer a las Fuerzas Armadas, la Policía Nacional y a los Comités de Autodefensa u otros organismos del Estado, de acuerdo con los objetivos aprobados por el Ministerio de Defensa.
Negreiros Criado explicó que la propuesta plantea la modificación de la Ley incluye, asimismo, desarrollar su producción actual en el área de municiones de diferente calibre de armas, cohetes y otros sistemas similares.
"El propósito es comprender al conjunto que la denominación actual conoce como ‘sistema de armas' como concepto completo y moderno", comentó.
Por su parte, la congresista Mercedes Cabanillas (PAP) destacó la necesidad de proporcionar todas las herramientas necesarias para ampliar las posibilidades de la fábrica y el legislador Francisco Escudero (UPP) recalcó que de ser obligatorias todas las adquisiciones por parte del Estado, idea que fue compartida por el también congresista Luis Giampietri (PAP), quien se inclinó por el respeto a la competitividad y a la calidad de los productos.
Inversión extranjera
Un aspecto que fue ampliamente debatido fue el referido a la participación del capital privado proveniente del extranjero.
Las congresistas nacionalistas Yaneth Cajahuanca y Martha Acosta, expresaron su desacuerdo en la utilización de inversión extranjera por tratarse de una entidad estratégica.
Su colega de bancada, Cayo Galindo, planteó la incorporación de una precisión de que la inversión extranjera no provenga de países con los que el Perú tiene conflicto de intereses. A este pedido se sumó el congresista Édgar Reymundo (BP).
Al final quedó prohibida la participación de personas naturales o jurídicas que tengan accionariado de nacionalidad de Estados que tengan conflicto latente con el Perú.
Características de la nueva FAME
Según lo publicado en el boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, la reactivación de FAME contará con la participación del sector privado hasta en un máximo de 49 por ciento en su accionariado y el aporte de ese capital "debe estar ligado al compromiso de transferencia o de innovación tecnológica".
El documento establece que la naturaleza jurídica de la FAME corresponde a una sociedad anónima cerrada del Estado, que podrá tener participación del sector privado entre sus accionistas.
Por su condición de empresa estratégica con incidencia en la seguridad nacional, FAME no podrá establecer vínculos societarios o recibir aportes de capital de empresas extranjeras, ni de privadas que operen en el territorio nacional y tengan una participación foránea.
También corresponde al Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado (Fonafe) ejercer en representación del Estado la titularidad de las acciones representativas del capital de FAME.
De esa manera, la participación privada permitirá a FAME cumplir con su objeto social de comercializar, desarrollar, fabricar, ensamblar, modernizar, modificar y mantener armas y municiones de guerra y de uso civil, para las personas y entidades nacionales y extranjeras.
La compañía actuará con autonomía administrativa, económica y financiera, de acuerdo con las políticas, objetivo, metas y estrategias que apruebe el directorio, en concordancia con la política del Ministerio de Defensa.
Para ello, el directorio estará conformado por cuatro representantes del Ministerio de Defensa, un delegado del Ministerio de Economía y Finanzas; y en el caso de la participación privada, el número de directores se incrementa en proporción al capital privado aportado, sin exceder el número de cuatro.
El documento señala, además, que el plazo de funcionamiento de esta empresa es indefinido y únicamente puede ser disuelta por ley expresa, en la que se señale el procedimiento para su liquidación.
Hasso- Comisario [Policia Federal]
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