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Asociación Mexicana de Estudios Histórico Militares

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Mensaje por pakonet Agosto 17th 2010, 19:21

Hola a todos por aquí.
Soy nuevo en este foro, pero me gustaría invitarlos, ya que veo su desmedida pasión por los temas militares, a una asociación donde estudiamos las guerras, armamentos, etc., desde un punto de vista histórico. Es en el DF. A los que puedan asistir les dejo una web para que revisen http://amehmac.blogspot.com
saludos y nos estamos leyendo por acá.

pakonet
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Mensaje por RONIN Agosto 17th 2010, 19:31

ok muy bien lo checamos, gracias!!!!!
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Mensaje por Defekator Agosto 17th 2010, 19:58

¿Dónde se encuentra?
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https://www.youtube.com/user/Obet1979

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Mensaje por RONIN Agosto 17th 2010, 20:03

pakonet escribió: ¿Dónde se encuentra?
Es en el DF.

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Mensaje por pakonet Agosto 17th 2010, 20:05

Es en la Lomas de Chapultepec, en Montes Urales. La dirección precisa les llegará si entran a la página (http://amehmac.blogspot.com) y dan clic en "Informes y contacto". Allí pueden ver también el calendario de eventos.

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Mensaje por Lanceros de Toluca Agosto 17th 2010, 21:04

Oye eso esta demasiado freson ¿admiten gente mortal? jajaja

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https://www.facebook.com/pages/Defensa-M%C3%A9xico/3631280304218

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Mensaje por pakonet Agosto 17th 2010, 21:58

Sí, no se discrimina a nadie. El único requisito es interés y que se aporte en los temas que se trata o exponiendo algún tema. Date una vuelta

pakonet
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Mensaje por pakonet Agosto 23rd 2010, 19:17

Hola a todos. Pues para avisarles que grabamos la última sesión de la AMEHM AC y está disponible el video en Internet para todos aquellos interesados en ver lo qué tratamos, lo vean y se decidan a asistir. Y también para los que estén interesados y por asuntos catastrales no puedan asistir. Les recuerdo la dirección: http://amehmac.blogspot.com

Por cierto, este jueves yo hablaré de algunos datos curiosos del 201, si les interesa, ya saben

pakonet
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Asociación Mexicana de Estudios Histórico Militares Empty Los leales a la Corona Española: Aquellos que no quisieron la Independencia

Mensaje por pakonet Agosto 29th 2010, 23:12

Se invita al público en general a asistir a la conferencia que dará el doctorando Marcos Marín Amezcua, titulada "Los leales a la corona española en la guerra de independencia".
La cita se verificará el próximo jueves 2 de septiembre.
Evento gratuito.

"Los leales a la Corona Española: Aquellos que no quisieron la Independencia" a cargo del Mtro. Marcos Marín Amezcua, quien es Licenciado en derecho por la Universidad Tecnológica de México, Maestro en Estudios México-Estados Unidos por la FES Acatlán, UNAM, doctorando en Historia por la Universidad de Huelva, España, y profesor universitario. A continuación una reflexión del Mtro. al respecto de la Independencia de América respecto a España:


"La independencia de América respecto a España, ocurrida a principios del siglo XIX, es un tema poco atendido en la historia española o no con la profusión que nos es usual en América. Compárese los episodios del Descubrimiento del Nuevo Mundo y se entenderá lo que afirmamos. Se coge un libro de historia española y se verá que el relato colombino es pródigo, al extremo detallado. América es descubrimiento, expansión, pero no perdida. Cuando hay que tocar el asunto de la pérdida del imperio de ultramar, las más de las veces, se pasa corriendo y de puntitas sobre tan escabroso tema. Es raro, pero lo hay, el escrito que se ocupa de manera amplia y objetiva sobre el tema y prácticamente ninguno deja a España el peso de las causas de tal ruptura, menos aún el peso de la derrota.


¿Qué características presenta la narrativa española acerca del tema? Podemos empezar citando algunas muy generales: Pocas veces se detiene en las causas diversas generadoras de los movimientos libertarios y tampoco se detallan éstos, minimizándose las responsabilidades de España. Al mismo tiempo, puede ser breve la referencia al tema y se utilizan expresiones de cuño oscuro tales como “emancipación” -Acaso la más solicita-, separación, pérdida incluso, pero no el término “independencia”. El DRAE hasta no hace mucho agregó el término “independizar” con un origen americano de separación política. Hay renuencia a emplearlo. Y es interesante que se considere, las más de las veces, oportuno aclarar que muchos de los libertadores eran hijos de españoles, pero en general es pobre el tratamiento de este asunto.


América es, fue y ha sido parte del imaginario español. España tiene una legítima vocación americana. A veces dicho sea, inconsciente. América es, vista desde España, como una totalidad diversa, si cabe la observación. Pero también puede ser una extensión de sí misma.
Entonces ¿Cuál es el punto fino de la discusión? Tal parece que lo es el hecho de que en España no se asume abiertamente el tema de las independencias ocurridas en la América Hispana a principios del siglo XIX. Nos referimos claro, a la intelectualidad que lo ha dejado por escrito. Ello, no permite siempre entender a la propia España en la realidad de su comunidad histórica y empobrece el mutuo conocimiento. En todo caso es una historia común que no acaba de contarse."*

Para más informes acerca de esta conferencia y otros temas de corte histórico militar, recuerden visitar el sitio: http://amehmac.blogspot.com

*fuente: http://www.saberyopinar.com, sitio del Mtro. Marcos Marín.

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Mensaje por ·¦·Füµ®€R·¦· Agosto 29th 2010, 23:13

Ah mira esto si es novedad.
·¦·Füµ®€R·¦·
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Asociación Mexicana de Estudios Histórico Militares Empty Conferencia Tratados de Córdoba

Mensaje por pakonet Septiembre 21st 2010, 01:51

Conferencia Tratados de Córdoba
Más informes en http://amehmac.blogspot.com

Se invita al público en general, a asistir a la conferencia sobre los "Tratados de Córdoba" que impartirá el lic. César Ferrari, el próximo jueves 23 de septiembre.
Evento gratuito.

Los Tratados de Córdoba son un documento en los que se reconoce la independencia de la Nueva España, parte de lo que ahora es México, firmado en la ciudad de Córdoba, Veracruz el 24 de agosto de 1821, por Juan de O'Donojú (primer y último jefe político superior de Nueva España) y Agustín de Iturbide, (comandante del Ejército Trigarante). El texto está compuesto por diecisiete artí&^%!@#$% que representan una extensión al Plan de Iguala.



TRATADOS CELEBRADOS EN LA VILLA DE CÓRDOBA EL 24 DEL PRESENTE, ENTRE LOS SEÑORES DON JUAN DE O'DONOJÚ, TENIENTE GENERAL DE LOS EJÉRCITOS DE ESPAÑA, Y DON AGUSTÍN DE ITURBIDE, PRIMER JEFE DEL EJÉRCITO IMPERIAL MEXICANO DE LAS TRES GARANTÍAS.

Pronunciada por Nueva España la independencia de la antigua, teniendo un ejército que sostuviese este pronunciamiento, decididas por él las provincias del reino, sitiada la capital en donde se había depuesto a la autoridad legítima, y cuando sólo quedaban por el gobierno europeo las plazas de Veracruz y Acapulco, desguarnecidas y sin medios de resistir a un sitio bien dirigido y que durase algún tiempo, llegó al primer puerto el teniente general don Juan de O'Donojú, con el carácter y representación de capitán general y jefe superior político de este reino, nombrado por S.M., quien deseoso de evitar los males que afligen a los pueblos en alteraciones de esta clase, y tratando de conciliar los intereses de ambas Españas, invitó a una entrevista al primer jefe del ejército imperial don Agustín de Iturbide, en la que se discutiese el gran negocio de la independencia, desatando sin romper los vínculos que unieron a los dos continentes. Verificóse la entrevista en la villa de Córdoba el 24 de Agosto de 1821, y con la representación de su carácter el primero, y la del Imperio mexicano el segundo, después de haber conferenciado detenidamente sobre lo que más convenía a una y otra nación, atendido el estado actual y las últimas ocurrencias, convinieron en los artí&^%!@#$% siguientes, que firmaron por duplicado para darles toda la consolidación de que son capaces esta clase de documentos, conservando un original cada uno en su poder para mayor seguridad y validación:

I. Esta América se reconocerá por nación soberana e independiente, y se llamará en lo sucesivo "Imperio Mexicano".
II. El gobierno del Imperio será monárquico constitucional moderado.
III. Será llamado a reinar en el Imperio mexicano (previo juramento que designa el artí***** 4º del plan), en primer lugar el señor don Fernando VII, rey católico de España; y por su renuncia o no admisión, su hermano el Serenísimo Señor infante don Carlos; por su renuncia o no admisión, el Serenísimo Señor infante don Francisco de Paula; por su renuncia o no admisión, el Serenísimo Señor don Carlos Luis, infante de España, antes heredero de Etruria, hoy de Luca; y por renuncia o no admisión de éste, el que las Cortes del Imperio designen..
IV. El emperador fijará su corte en México, que será la capital del Imperio.
V. Se nombrarán dos comisionados por el Excelentísimo Señor O'Donojú, los que pasarán a la Corte de España a poner en las reales manos del Señor Don Fernando VII copia de este tratado y exposición que le acompañará, para que sirva a S.M. de antecedente mientras las Cortes le ofrecen la corona con todas las formalidades y garantías que asunto de tanta importancia exige, y suplican a S.M. que en el caso del artí***** III, se digne noticiarlo a los Serenísimos Señores infantes llamados en el mismo artí***** por el orden que en el se nombran, interponiendo su benigno influjo para que sea una persona de las señaladas de su augusta casa la que venga a este Imperio, por lo que se interesa en ello la prosperidad de ambas naciones, y por la satisfacción que recibirán los mexicanos en añadir este vínculo a los demás de amistad con que podrán y quieren unirse a los españoles.
VI. Se nombrará inmediatamente, conforme al espíritu del Plan de Iguala, una junta compuesta de los primeros hombres del Imperio por sus virtudes, por sus destinos, por sus fortunas, representación y concepto, de aquellos que están designados por la opinión general, cuyo número sea bastante considerable para que la reunión de luces asegure el acierto en sus determinaciones, que serán emanaciones de la autoridad y facultades que les concedan los artí&^%!@#$% siguientes.
VII. La junta de que trata el artí***** anterior, se llamará Junta provisional gubernativa.
VIII. Será individuo de la Junta provisional de gobierno el teniente general don Juan de O'Donojú, en consideración a la conveniencia de que una persona de su clase tenga una parte activa e inmediata en el gobierno, y de que es indispensable omitir algunas de las que estaban señaladas en el expresado plan en conformidad de su mismo espíritu.
IX. La Junta provisional de gobierno tendrá un presidente nombrado por ella misma, y cuya elección recaerá en uno de los individuos de su seno o fuera de él, que reúna la pluralidad absoluta de sufragios, lo que si en la primera votación no se verificase, se procederá a segundo escrutinio entrando en él los dos que hayan obtenido más votos.
X. El primer paso de la Junta provisional de gobierno será hacer un manifiesto al público de su instalación y motivos que la reunieron, con las demás explicaciones que considere convenientes para ilustrar al pueblo sobre sus intereses y modo de proceder en la elección de diputados a Cortes, de que se hablará después.
XI. La Junta provisional de gobierno nombrará, en seguida de la elección de su presidente, una regencia compuesta de tres personas de su seno o fuera de él, en quien resida el poder ejecutivo y que gobierne en nombre del monarca, hasta que este empuñe el cetro del Imperio.
XII. Instalada la Junta provisional gobernará interinamente conforme a las leyes vigentes en todo lo que no se oponga al Plan de Iguala, y mientras las Cortes formen la constitución del Estado.
XIII. La regencia, inmediatamente después de nombrada, procederá a la convocación de Cortes conforme al método que determine la Junta provisional de gobierno, lo que es conforme al espíritu del artí***** 24 del citado plan.
XIV. El poder ejecutivo reside en la regencia, el legislativo en las Cortes; pero como ha de mediar algún tiempo antes que éstas se reúnan, para que ambos no recaigan en una misma autoridad, ejercerá la Junta el poder legislativo, primero, para los casos que puedan ocurrir y que no den lugar a esperar la reunión de las Cortes, y entonces procederá de acuerdo con la regencia; segundo, para servir a la regencia de cuerpo auxiliar y consultivo en sus determinaciones.
XV. Toda persona que pertenece a una sociedad, alterado el sistema de gobierno, o pasando el país a poder de otro príncipe, queda en el estado de libertad natural para trasladarse con su fortuna adonde le convenga, sin que haya derecho para privarle de esta libertad, a menos que tenga contraída alguna deuda con la sociedad a que pertenecía por delito, o de otro de los modos que conocen los publicistas: en este caso están los europeos avecindados en Nueva España y los americanos residentes en la península; por consiguiente, serán árbitros a permanecer adoptando esta o aquella patria, o a pedir su pasaporte, que no podrá negárseles, para salir del Imperio en el tiempo que se prefije, llevando o trayendo sus familias y bienes; pero satisfaciendo a la salida por los últimos, los derechos de exportación establecidos o que se establecieren por quien pueda hacerlo.
XVI. No tendrá lugar la anterior alternativa respecto de los empleados públicos o militares que notoriamente son desafectos a la independencia mexicana; sino que estos necesariamente saldrán del Imperio dentro del término que la regencia prescriba, llevando sus intereses y pagando los derechos de que habla el artí***** anterior.
XVII. Siendo un obstá***** a la realización de este tratado la ocupación de la capital por las tropas de la península, se hace indispensable vencerlo; pero como el primer jefe del ejército imperial, uniendo sus sentimientos a los de la nación mexicana, desea no conseguirlo con la fuerza, para lo que le sobran recursos, sin embargo del valor y constancia de dichas tropas peninsulares, por falta de medios y arbitrios para sostenerse contra el sistema adoptado por la nación entera, don Juan de O'Donojú se ofrece a emplear su autoridad, para que dichas tropas verifiquen su salida sin efusión de sangre y por una capitulación honrosa.
VILLA DE CÓRDOBA, 24 DE AGOSTO DE 1821.- AGUSTÍN DE ITURBIDE.- JUAN DE O'DONOJÚ.***

***El texto está disponible bajo la Licencia Creative Commons Atribución/Compartir-Igual 3.0; cláusulas adicionales pueden aplicar. Véase los términos de uso para más detalles.

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